La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial tuvo que resolver un conflicto negativo de competencia, generado entre el Juzgado Comercial N° 19 y el Juzgado en lo Civil y Comercial Federal N° 7 para discutir un proceso de diligencias preliminares.
Se trató de los autos “L. R. c/ F. SRL y otro s/ Diligencia Preliminar”, donde el actor pretendía una medida en el marco de un “conflicto contractual” generado con la empresa demandada constituida como sociedad comercial. En concreto, el contrato giraba en torno a la construcción de una “base flotante” sobre la cual se construiría a su vez, la vivienda del actor.
LA causa recayó primero en el juzgado comercial, que consideró que la cuestión en torno a un contrato de locación de obra o servicio escapaba de su competencia y mandó la causa al fuero Civil y Comercial Federal, que resistió su intervención y devolvió el expediente.
Es competente el fuero comercial en los juicios derivados de un contrato de locación de obras y servicios y los contratos atípicos a los que resulten aplicables las normas relativas a aquellos, cuando el locador sea un comerciante matriculado o una sociedad mercantil”.
Fue así que la Cámara Comercial tuvo que definir la cuestión y en un fallo suscripto por las camaristas Matilde Ballerini y María Guadalupe Vasquez, optó por atribuir la competencia al juzgado comercial N° 19, siguiendo lo dictaminado por la fiscal de cámara.
Para determinar la competencia, entendieron las magistradas, había que “atenderse fundamentalmente a los hechos invocados por la actora en su escrito liminar” y que la Sala que integran tiene dicho que "es competente el fuero comercial en los juicios derivados de un contrato de locación de obras y servicios y los contratos atípicos a los que resulten aplicables las normas relativas a aquellos, cuando el locador sea un comerciante matriculado o una sociedad mercantil”.
Por lo tanto, como tal doctrina era coincidente con los hechos discutidos en el caso, y no se encontraban comprometidas las normas invocadas por el magistrado comercial, correspondía atribuirle a este la competencia.