En un nuevo capítulo de los litigios vinculados al universo de las aplicaciones, una usuaria de la app Tea presentó una demanda colectiva ante el Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York acusando a los desarrolladores por publicidad engañosa e incumplimiento de contrato.
La app Tea (https://www.teaforwomen.com/about), creada por la empresa estadounidense Exoluv Inc., se promocionaba como una plataforma que ofrecía a las mujeres un espacio seguro para compartir reseñas sobre sus citas con hombres, de forma verificada, detallada y útil para otras usuarias. La actora, identificada como J D, sostiene que las funciones prometidas no estaban disponibles, que la base de datos era limitada, y que la experiencia brindada por la app difería sustancialmente de la ofrecida en su estrategia de marketing.
El objetivo declarado de la app era "proteger a las mujeres contra relaciones riesgosas" y ayudar a detectar patrones de comportamiento mediante inteligencia artificial y contribuciones colaborativas.
Según la demanda, la usuaria se suscribió al plan pago de la app basado en lo que describía el sitio oficial de Tea: acceso a un sistema de “reseñas sociales privadas y verificadas” donde las mujeres podrían calificar y dejar comentarios sobre hombres con los que hayan salido. El objetivo declarado de la app era "proteger a las mujeres contra relaciones riesgosas" y ayudar a detectar patrones de comportamiento mediante inteligencia artificial y contribuciones colaborativas.
Sin embargo, al utilizar la aplicación, la actora descubrió que no existía un sistema robusto de verificación de identidades, las funciones clave publicitadas no estaban disponibles, la base de datos era mínima y muchas funciones estaban en desarrollo o inactivas. A ello se sumaba que no se ofrecían reembolsos a pesar del incumplimiento.
En la publicidad y en sus redes sociales, Tea prometía que las usuarias podrían consultar reseñas anónimas y verificadas de otras mujeres, recibir alertas sobre antecedentes negativos o comportamientos problemáticos, usar filtros inteligentes para evaluar posibles parejas, participar en una comunidad de apoyo basada en la honestidad y el consentimiento.
J D, la demandante, alegó que esto configura una violación de los términos de servicio, así como también de la Ley de Prácticas Comerciales Engañosas de Nueva York (GBL §§ 349 y 350), y del derecho contractual general.
Según la presentación, a la que accedió Diario Judicial, en la publicidad y en sus redes sociales, Tea prometía que las usuarias podrían consultar reseñas anónimas y verificadas de otras mujeres, recibir alertas sobre antecedentes negativos o comportamientos problemáticos, usar filtros inteligentes para evaluar posibles parejas, participar en una comunidad de apoyo basada en la honestidad y el consentimiento.
Para acceder a estas funciones, la actora pagó una suscripción mensual. Sin embargo, denunció que no recibió ninguno de los beneficios prometidos. Según indica la demanda, la plataforma se encontraba en una fase temprana de desarrollo, pero eso no fue debidamente informado al consumidor al momento de contratar el servicio.
También planteó que los términos de uso de la app, que prohíben el inicio de acciones colectivas y obligan al arbitraje, son inaplicables por haber sido incorporados de forma unilateral y sin consentimiento informado.
La demanda contra Tea se suma a una lista creciente de litigios contra plataformas digitales de citas y servicios personalizados que utilizan inteligencia artificial, marketing emocional y diseño algorítmico para captar usuarios.