El Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería 2 de la IV Circunscripción Judicial de Neuquén condenó a una prepaga a garantizar una compleja intervención quirúrgica a un adolescente de 15 años que padece una patología en su pierna derecha desde temprana edad.
El conflicto se originó cuando los progenitores solicitaron la cobertura para una osteoplastia de maléolo medial de tobillo derecho, epifisiodesis distal con osteosíntesis y tenoplastía del tendón tibial posterior, una operación programada con urgencia debido a que el paciente todavía contaba con "cartílagos de crecimiento activo"
Durante el proceso judicial, la compañía intentó desligarse de la responsabilidad al argumentar que el joven pretendía atenderse con un profesional ajeno a su cartilla
En este sentido, el sentenciante recordó que la legislación nacional prevé un sistema de atención integral destinado a garantizar "el pleno goce del derecho a la salud sin discriminación alguna y de brindarles el cien por ciento de cobertura a sus necesidades y requerimientos"
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La sentencia subrayó que el menor se encuentra amparado bajo una "triple tutela preferente" por tratarse de un menor de edad, usuario de un servicio brindado por un proveedor profesional y una persona con certificado de discapacidad
En este sentido, el sentenciante recordó que la legislación nacional prevé un sistema de atención integral destinado a garantizar "el pleno goce del derecho a la salud sin discriminación alguna y de brindarles el cien por ciento de cobertura a sus necesidades y requerimientos"
Como la intervención debió realizarse con premura, la familia afrontó de su propio bolsillo los gastos de laboratorio y el material ortopédico específico