La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dispuso la conformación de una comisión destinada a normalizar los trámites, etapas y características de la gestión de los procesos judiciales en el fuero de Responsabilidad Penal Juvenil.
La medida, adoptada mediante la Resolución SC 3.104/26, busca ordenar el funcionamiento de estos expedientes en los sistemas de gestión judicial en uso y forma parte de un proceso más amplio de estandarización que ya se aplicó en otros fueros.
Su tarea principal será consensuar la creación, modificación o deshabilitación de trámites, identificar los actos autonotificables y definir los tipos de proceso que se utilizarán en los sistemas informáticos, además de resolver otras cuestiones vinculadas a la gestión de los expedientes.
La comisión estará integrada por magistrados y funcionarios de los órganos jurisdiccionales del fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, junto con representantes de las secretarías de Planificación y de Tecnología Informática de la Suprema Corte, previo informe a la Presidencia del Tribunal.
Su tarea principal será consensuar la creación, modificación o deshabilitación de trámites, identificar los actos autonotificables y definir los tipos de proceso que se utilizarán en los sistemas informáticos, además de resolver otras cuestiones vinculadas a la gestión de los expedientes.
La resolución encomendó a las secretarías de Planificación y de Tecnología Informática, así como a la Secretaría de Servicios Jurisdiccionales y a la Subsecretaría de Control de Gestión, que informen a la Corte los consensos que alcance la comisión.
Estos acuerdos deberán elevarse para su consideración y eventual aprobación, de modo que tengan carácter obligatorio en los sistemas de gestión judicial.
El fuero de Responsabilidad Penal Juvenil interviene en los casos de adolescentes en conflicto con la ley penal. La decisión de la Suprema Corte se enmarca en una secuencia de resoluciones anteriores (entre ellas las números 250/21, 678/22, 1673/23, 2414/23, 3978/24, 3764/25 y 487/26) mediante las cuales se fueron conformando comisiones similares para normalizar procesos en otros fueros, como el contencioso administrativo, el civil, el comercial, el de familia y la justicia de paz.
La medida forma parte de una tercera etapa de implementación progresiva en los sistemas de gestión judicial.