El Juzgado Federal de Paraná 2 falló a favor de una jubilada que interpuso una acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) -ex AFIP-.
En el caso, la mujer solicitó que se deje de aplicar el impuesto a las ganancias sobre su jubilación y que se le devuelva lo retenido
En los considerandos, el magistrado explicó: "La ganancia es una utilidad obtenida por una prestación o una renta; y el haber jubilatorio o de pensión, no cuenta con estas características"
También profundizó en que el objetivo de la jubilación es asegurar la subsistencia frente a la "contingencia vejez" y que el descuento de este porcentaje "afecta notablemente su esencia"
A partir de esta sentencia, el organismo deberá abstenerse de realizar nuevas retenciones por este impuesto a la actora
. Asimismo, ordenó a ARCA que, en un término de diez días desde la notificación, "reintegre a la parte actora (...) los montos que se le hubieren retenido en tal concepto, desde que la parte actora accedió a su beneficio previsional" .
En palabras del propio magistrado, "el fisco percibió el tributo por el trabajo personal y por otro lado, percibe el mismo impuesto, por el beneficio previsional derivado de aquella labor por la cual ya se tributó", por lo que
A partir de esta sentencia, el organismo deberá abstenerse de realizar nuevas retenciones por este impuesto a la actora