Entre el 30 de marzo y el 27 de agosto de 2026, el Poder Ejecutivo Nacional remitió al Senado 143 pliegos para la designación de jueces y juezas. De ese total, 76 fueron enviados entre el 24 de abril y el 27 de agosto y son analizados en un nuevo informe de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), que completa un primer relevamiento publicado en abril sobre las 67 candidaturas remitidas entre el 30 de marzo y el 9 de abril.
El trabajo advierte sobre distintos aspectos del proceso de selección vinculados con la evaluación de idoneidad, el uso de las ternas y las listas complementarias, la independencia de algunos postulantes y la representación de género. Para la organización, que un mismo Poder Ejecutivo pueda intervenir en la cobertura de cerca del 40% de las vacantes judiciales “supone un riesgo cierto de que los cargos sean utilizados como herramientas de negociación y se debilite el rol del Poder Judicial en el control del poder”.
Uno de los principales puntos analizados es la evolución de los postulantes en los concursos del Consejo de la Magistratura. Según ACIJ, 13 de las 76 personas propuestas registraron diferencias superiores a diez posiciones entre el primer orden de mérito, elaborado a partir del examen y los antecedentes, y el orden final aprobado por el Plenario del Consejo luego de las entrevistas.
La organización aclara que estas circunstancias “no descalifican por sí solas” a las personas postuladas. Sin embargo, sostiene que deberían dar lugar a una evaluación reforzada de los motivos de la selección para despejar dudas sobre eventuales situaciones que puedan afectar la independencia judicial.
Las variaciones llegaron hasta 84 posiciones. Además, teniendo en cuenta la cantidad de cargos concursados, 29 de las 76 personas propuestas no habrían podido ser elegidas si se hubiera considerado exclusivamente su posición en el primer orden de mérito.
El informe pone el foco especialmente en las entrevistas personales, una de las etapas del concurso que, según la organización, presenta un mayor margen de discrecionalidad. ACIJ sostiene que las modificaciones registradas “generan sospechas fundadas sobre la posible incidencia de factores ajenos a la idoneidad en las designaciones”.
El relevamiento también cuestiona el uso de las listas complementarias. Según explica ACIJ, estas listas pueden utilizarse cuando candidatos o candidatas titulares de una terna son designados para otros cargos judiciales, dejando incompleta la integración original. Sin embargo, el informe identificó dos casos en los que, según su análisis, se recurrió a personas incluidas en esas listas cuando la normativa vigente no habilitaba esa posibilidad.
A su vez, el trabajo detectó otros 20 casos en los que considera que se habría afectado el carácter vinculante de las ternas remitidas por el Consejo de la Magistratura. Se trata de situaciones en las que se eligió a más de una persona de una misma terna —cuando, según el informe, solo puede proponerse a una— y se dejaron sin utilizar otras ternas que debían ser consideradas.
Otro capítulo está relacionado con la independencia judicial. ACIJ identificó que dos de las 76 personas propuestas tienen vínculos familiares con integrantes del sistema político o judicial, algunos de los cuales intervienen en causas que la organización considera sensibles para el Poder Ejecutivo.
Además, seis de los postulantes ocupan cargos en juzgados donde actualmente tramitan ese tipo de expedientes, mientras que otros tres ocupan u ocuparon cargos políticos.
La organización aclara que estas circunstancias “no descalifican por sí solas” a las personas postuladas. Sin embargo, sostiene que deberían dar lugar a una evaluación reforzada de los motivos de la selección para despejar dudas sobre eventuales situaciones que puedan afectar la independencia judicial.
El informe también incorpora la cuestión de género. De las 76 personas propuestas, el 67% son hombres y el 33% mujeres. Para ACIJ, esta distribución reproduce la brecha existente en la Justicia nacional y federal y muestra que las nuevas designaciones no modifican sustancialmente la composición desigual que caracteriza al Poder Judicial.
El relevamiento cuestiona además la duración de los concursos y las modificaciones que se producen a lo largo de las distintas etapas del proceso. Para ACIJ, la extensión de los procedimientos, los cambios en los órdenes de mérito y la utilización de mecanismos que amplían el margen de selección del Poder Ejecutivo muestran la necesidad de fortalecer las garantías de transparencia e idoneidad.
En ese contexto, el informe plantea que la cantidad de pliegos enviados durante 2026 adquiere particular relevancia institucional, ya que el Poder Ejecutivo interviene en la renovación de una parte significativa de los cargos de la Justicia nacional y federal.
Finalmente, ACIJ sostiene que las personas seleccionadas deberían ser aquellas que hayan accedido a las ternas en función de sus méritos y reclama que el Senado ejerza un control especialmente riguroso sobre las candidaturas en las que existan dudas vinculadas con la idoneidad o la independencia.