21 de Agosto de 2026
Edición 7520 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 24/08/2026
Diario Judicial

No hay indemnización por la caída

La Justicia de Tucumán rechazó el pedido de indemnización por la muerte de Sergio Denis en un recital en la provincia. El fallo aseguró que el fallecimiento se produjo por la propia conducta del artista.

(Wikimedia Commons)

La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Tucumán rechazó de manera total la demanda de indemnización presentada por los hijos del cantante Héctor Omar Hoffmann, conocido artísticamente como Sergio Denis, y determinó que la causa directa del accidente que le costó la vida fue la propia conducta del artista.

El fallo absolvió al Ente Autárquico Teatro Mercedes Sosa, a la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina (ATSA) y al ex titular del ente, Raúl Francisco Armisén.

El hecho ocurrió el 11 de marzo de 2019 en el Teatro Mercedes Sosa de San Miguel de Tucumán. Esa noche, ATSA organizó un espectáculo gratuito para conmemorar el Día de la Mujer y contrató al cantante por 80.000 pesos para encabezar el show.

El tribunal concluyó que el artista “caminó de espaldas sin mirar la línea de marcha mientras cantaba de frente al público” y que esa conducta fue la causa determinante del accidente.

Aproximadamente media hora después de iniciado el recital, el cantante bajó del escenario por una pasarela tendida sobre el foso de orquesta, descendió cuatro escalones y se acercó a la platea para interactuar con el público.

Al regresar, subió los escalones, se ubicó sobre la pasarela y comenzó a caminar de espaldas sin dejar de mirar a la audiencia. Al tercer paso pisó al vacío, perdió el equilibrio y cayó al foso, de unos tres metros de profundidad.

Denis fue trasladado de urgencia al Hospital Ángel C. Padilla, presentó un politraumatismo grave que incluyó traumatismo de tórax con neumotórax, traumatismo encéfalo-craneano, fracturas múltiples y lesiones cerebrales.

Posteriormente fue derivado a centros de Buenos Aires y permaneció en rehabilitación hasta su muerte, ocurrida el 15 de mayo de 2020 por un paro cardiorrespiratorio, tras 14 meses de agonía. Tenía 71 años.

En febrero de 2022, sus tres hijos —Federico Patricio, Bárbara y María Victoria Hoffmann— iniciaron la demanda por distintos rubros indemnizatorios.

La Cámara, integrada por los vocales María Florencia Casas y Juan Ricardo Acosta, rechazó por completo el reclamo. El eje del fallo fue la figura de la “autopuesta en peligro” prevista en el artículo 1729 del Código Civil y Comercial de la Nación, que exime de responsabilidad cuando la propia víctima adopta de manera voluntaria una conducta que genera el riesgo del daño.

El tribunal concluyó que el artista “caminó de espaldas sin mirar la línea de marcha mientras cantaba de frente al público” y que esa conducta fue la causa determinante del accidente.

Respecto de las cintas refractarias de la pasarela, que la parte actora consideró deterioradas, la Cámara coincidió con lo resuelto en el fuero penal: aun en perfecto estado, el resultado era objetivamente inevitable dadas las circunstancias de la caída. El jefe de sonido del teatro declaró que el cantante se acercó demasiado al borde, pisó en el aire y se precipitó.

La sentencia también descartó la responsabilidad del Ente Autárquico Teatro Mercedes Sosa por falta de servicio. Entendió que las instalaciones cumplían con las medidas de seguridad vigentes en 2019 y que la interrupción del nexo causal por el hecho de la víctima impedía atribuir responsabilidad estatal.

En el mismo sentido, rechazó la demanda contra ATSA y contra Armisén: la organización del evento no generaba por sí sola responsabilidad, no existía reglamentación que exigiera redes de contención en el foso y no se acreditó relación de causalidad.

Además del rechazo de fondo, el tribunal declaró de oficio la falta de legitimación activa de los tres hijos para actuar en carácter de herederos. 

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