Se presentó en Dipútados un proyecto de ley que establece un régimen de presupuestos mínimos para la habilitación, control y fiscalización de criaderos, refugios, hogares de tránsito y pensionados de animales de compañía en todo el país.
La iniciativa crea el Registro Nacional de Establecimientos para Animales de Compañía (RNEAC), de carácter público, gratuito y de acceso digital, con inscripción obligatoria para quienes se dediquen a la cría, alojamiento, rescate, tránsito o comercialización de mascotas.
Para los criaderos se exigen pautas de reproducción responsable: se prohíbe la reproducción excesiva de hembras, el uso de animales con patologías hereditarias incompatibles y la separación prematura de las crías.
Según los fundamentos del proyecto, existe una fuerte dispersión normativa que favorece el crecimiento informal de estos establecimientos y genera riesgos de maltrato, reproducción indiscriminada y problemas sanitarios.
La norma busca fijar criterios uniformes de bienestar animal, trazabilidad y fiscalización, respetando las competencias de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.
La medida reconoce a los animales como seres sintientes y adopta el estándar internacional de las “Cinco Libertades”: protección frente al hambre y la sed, al dolor, las enfermedades, el miedo y las angustias, y frente a restricciones que impidan expresar comportamientos propios de la especie.
El registro deberá contener información sobre habilitaciones, responsables, sanciones y estado de fiscalización.
Todos los establecimientos deberán acreditar condiciones edilicias adecuadas, asistencia veterinaria, protocolos sanitarios, capacidad máxima autorizada, planes de contingencia y sistemas de identificación individual y trazabilidad de los animales, con auditorías periódicas.
Queda prohibido operar sin habilitación, exceder la capacidad autorizada, mantener animales en condiciones de maltrato, hacinamiento o abandono, y comercializar a través de plataformas digitales sin la debida inscripción.
Para los criaderos se exigen pautas de reproducción responsable: se prohíbe la reproducción excesiva de hembras, el uso de animales con patologías hereditarias incompatibles y la separación prematura de las crías.
Los ejemplares comercializados deberán contar con identificación individual y certificación sanitaria. En refugios y hogares de tránsito se requerirán programas de adopción responsable y esterilización previa a la entrega, salvo contraindicación veterinaria.
Se prohíbe la eutanasia como método de control poblacional o por falta de espacio; solo se permitirá cuando un veterinario certifique enfermedad terminal o sufrimiento irreversible.
La iniciativa impulsa programas de Captura, Esterilización y Retorno (CER) y estrategias no letales para animales en situación de calle.
Las infracciones serán sancionadas con apercibimientos, multas, suspensiones, clausuras y cancelación de la inscripción registral, además de inhabilitaciones para la tenencia, cría o guarda de animales.
Los fondos provenientes de las multas se destinarán a programas de castración, asistencia a refugios y campañas de concientización sobre tenencia responsable.