29 de Junio de 2026
Edición 7484 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/06/2026
Diario Judicial

Mascotas con protección judicial

La Justicia de Misiones amplió medidas de protección en una causa de violencia familiar y ordenó al denunciado abstenerse de maltratar, retirar o trasladar a los animales domésticos del grupo familiar. La jueza advirtió que la violencia hacia las mascotas podía funcionar como medio de control o violencia vicaria contra la víctima y sus hijos.

El Juzgado de Familia y Violencia Familiar N.º 1 de Leandro N. Alem, Misiones, amplió medidas de protección en una causa de violencia familiar y dispuso una orden específica para resguardar a las mascotas del grupo familiar: Otto, Apolo, Gala y Foxi.

La resolución fue dictada por Carolina Malla, quien tuvo por presentada una ampliación de denuncia realizada por la mujer, en la que se pusieron en conocimiento del juzgado nuevos hechos que, “prima facie, darían cuenta de un presunto incumplimiento de las medidas de protección oportunamente ordenadas”.

En ese contexto, la magistrada recordó que la Ley XIV N.º 6 tiene carácter “preventivo y tuitivo” y faculta al tribunal a adoptar las medidas necesarias para prevenir la reiteración, agravamiento o persistencia de situaciones de violencia familiar.

A partir de esa presentación, el juzgado resolvió ampliar las medidas de protección vigentes y ordenó al denunciado el “cese inmediato” de todo acto de perturbación, hostigamiento, intimidación, contacto indebido o cualquier otra conducta que pudiera afectar a los hijos involucrados.

Uno de los puntos centrales de la decisión fue la denuncia por hechos de violencia hacia las mascotas Otto, Apolo, Gala y Foxi. Según surge de la resolución, esos actos habrían sido ejercidos “como medio de control o violencia vicaria” y afectarían la integridad “física, psíquica y emocional de la víctima y de sus hijos”, dado que los animales integran el núcleo familiar.

A partir de esa presentación, el juzgado resolvió ampliar las medidas de protección vigentes y ordenó al denunciado el “cese inmediato” de todo acto de perturbación, hostigamiento, intimidación, contacto indebido o cualquier otra conducta que pudiera afectar a los hijos involucrados.

La jueza también dio intervención al organismo administrativo de Niñez de la ciudad para que tome conocimiento de la situación, se constituya en el domicilio, realice un informe sociofamiliar, evalúe el riesgo existente y, en caso de considerarlo necesario, brinde asistencia psicológica a los hijos. Asimismo, dispuso que se evalúe si la progenitora también requiere asistencia.

En relación con los animales domésticos, la resolución ordenó al denunciado abstenerse de realizar “cualquier acto de maltrato, daño, hostigamiento, perturbación o conducta” que pudiera afectar la integridad física o el bienestar de Otto, Apolo, Gala y Foxi, identificados como convivientes del grupo familiar.

La medida también le prohibió retirarlos, trasladarlos o disponer de ellos mientras permanezcan vigentes las medidas de protección. Para hacer efectiva la decisión, el juzgado ordenó notificar con carácter urgente a través de la Dirección de Asuntos de Familia y Género de la Policía, con intervención de la comisaría correspondiente.

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