17 de Junio de 2026
Edición 7476 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/06/2026
Diario Judicial

Cuando la violencia entra al expediente

El Superior Tribunal de Entre Ríos absolvió a una joven madre adicta al entender que vendía drogas coaccionada por su pareja.

La Sala Penal I del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos hizo lugar a la impugnación extraordinaria interpuesta por la defensa técnica de una mujer a quien absolvió por el delito de comercialización de estupefacientes, al entender que actuaba bajo un "estado de necesidad exculpante por contexto coactivo".

El planteo cuestionó una sentencia de la Cámara de Casación Penal que había revocado una absolución. La defensa sostuvo que la decisión dejó de lado elementos probatorios vinculados al contexto de violencia de género que atravesaba la imputada. 

Según el recurso, durante el debate oral se acreditó que la mujer había denunciado en reiteradas oportunidades a su pareja por episodios de violencia y por incumplimientos de medidas de restricción judicial.

Entre otros argumentos, el planteo destacó que el tribunal de juicio había realizado un análisis extenso de la prueba producida y había concluido que existía una situación de sometimiento y control ejercida por el hombre sobre la acusada, tanto respecto de su vida personal como de las actividades investigadas.

 

La sentencia remarcó, por último, la obligación de juzgar con perspectiva de género y recordó los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de protección de mujeres víctimas de violencia, a partir de instrumentos internacionales como la Convención de Belém do Pará y la CEDAW.

 

En el expediente también se señala que, al momento del allanamiento, el hombre se encontraba en el domicilio pese a las prohibiciones judiciales vigentes. La defensa sostuvo que ello demostraba quién ejercía efectivamente el dominio sobre la vivienda y sobre la actividad ilícita investigada.

Durante el tratamiento del caso, los magistrados repasaron las constancias vinculadas a las denuncias por violencia de género y a los procesos paralelos tramitados en la justicia provincial. En ese contexto, se destacó que el relato de la imputada encontraba respaldo en elementos objetivos incorporados al debate.

La sentencia remarcó, por último, la obligación de juzgar con perspectiva de género y recordó los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de protección de mujeres víctimas de violencia, a partir de instrumentos internacionales como la Convención de Belém do Pará y la CEDAW.

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