22 de Enero de 2026
Edición 7381 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/01/2026

La Justicia no "sintoniza" el reclamo

Presos de Senillosa presentaron un habeas corpus porque no captaban la señal de televisión, pero la Cámara Federal de General Roca confirmó que no hay agravamiento de las condiciones de detención.

(Foto de Towfiqu barbhuiya)

La Cámara Federal de General Roca confirmó el rechazo de una acción de habeas corpus impulsada por 35 personas alojadas en el Pabellón D del Complejo Penitenciario Federal V de Senillosa. 

En el caso, los accionantes expresaron que interpusieron el habeas corpus contra el Área de Trabajo y Mantenimiento del CPF V debido a que "en reiteradas veces sacamos audiencia para que toquen la antena del Directv, ya que hace un mes no agarran los canales de la tele".

Según se desprende de la causa, la División Servicios Generales del penal realizó una inspección ocular y verificó el cableado y la sujeción de la antena sin encontrar daños físicos. También se constató el funcionamiento normal de la señal en el televisor ubicado en el Salón de Usos Múltiples (SUM).

La institución aclaró que no cuenta con personal idóneo para configurar decodificadores satelitales, ya que el servicio de Directv es "opcional, contratado y abonado por los internos" y no es provisto por el establecimiento.

 

En este marco, la Cámara coincidió que “no existe un obrar arbitrario o ilegítimo por parte de los funcionarios del citado complejo que deba ser atendido por esta excepcional vía, así como tampoco se ha verificado una situación de urgencia que la amerite”.

 

El Juzgado Federal N°2 de Neuquén rechazó la acción intentada en el entendimiento de que el planteo efectuado por los accionantes no reunía los requisitos mínimos y necesarios de admisibilidad previstos en la Ley 23.098 y en el artículo 43 de la Constitución Nacional, toda vez que “no se advertiría un agravamiento ilegítimo en sus condiciones de detención”.

En este marco, la Cámara coincidió que “no existe un obrar arbitrario o ilegítimo por parte de los funcionarios del citado complejo que deba ser atendido por esta excepcional vía, así como tampoco se ha verificado una situación de urgencia que la amerite”.



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