03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025
Tras un extenso debate

Tope a honorarios abusivos

La Legislatura Porteña aprobó un nuevo régimen para los mandatarios judiciales que intervienen en ejecuciones fiscales. La nueva norma fija un tope a los honorarios y limita su actuación.

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó en sesión ordinaria una reforma al régimen de actuación de los mandatarios judiciales en el ámbito de la administración gubernamental de ingresos públicos.

El cuerpo de mandatarios judiciales fue creado por la Ley 2.603, con el fin de gestionar la cobranza judicial de impuestos, tasas y contribuciones a través de estudios jurídicos. Sin embargo, la norma original no establecía un criterio de proporcionalidad entre el monto reclamado y los honorarios profesionales, lo que derivó en conflictos frecuentes.

Según el proyecto aprobado, en muchos casos los contribuyentes terminaban pagando grandes sumas de honorarios, especialmente en aquellos procesos de ejecución fiscal contra pequeños deudores. 

 

Con la modificación, la Administración General de Ingresos Públicos (AGIP) quedará a cargo de la gestión de las deudas inferiores a $869.785, mientras que los mandatarios judiciales intervendrán solo en montos superiores. Además, se fijó un tope del 10% a los honorarios, evitando “desproporciones entre la deuda y lo percibido por los profesionales”, explicaron.

 

"Los juicios ejecutivos llevados a cabo por deuda tributaria tienden a generar grandes conflictos en virtud a una situación en particular: los honorarios profesionales de los mandatarios judiciales de la Ciudad en el marco de las ejecuciones fiscales. Dichos sujetos, habilitados para la persecución judicial de deuda por parte de los contribuyentes, tienden a especular con las formas y medios de reclamo de deuda, a los fines de lograr percibir la mayor cantidad de honorarios posibles. De esta forma, podemos observar que en más de una ocasión se inician procesos de ejecución fiscal contra pequeños deudores, en donde en gran medida la mayor parte de lo que deberán abonar será en calidad
de honorarios profesionales", señala la iniciativa.

Con la modificación, la Administración General de Ingresos Públicos (AGIP) quedará a cargo de la gestión de las deudas inferiores a $869.785, mientras que los mandatarios judiciales intervendrán solo en montos superiores. Además, se fijó un tope del 10% a los honorarios, evitando “desproporciones entre la deuda y lo percibido por los profesionales”, explicaron.

“Definitivamente se terminaron los honorarios que superan la deuda en tres y hasta cinco veces. Ponemos razonabilidad en la gestión de las deudas con la Ciudad”, señaló el diputado Hernán Reyes, impulsor de la medida.

El legislador agregó que la reforma busca “garantizar un equilibrio de los montos a pagar, quitarle el problema de encima al vecino y asegurar un honorario equitativo y digno para el profesional”.

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