02 de Octubre de 2026
Edición 7550 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/10/2026
Diario Judicial

Personerías claras

Se ratificó la personería gremial del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB) y confirmó la ampliación de su representación sindical.

( pae9gagz468967| vecteezy.com)

La Cámara Nacional del Trabajo rechazó los recursos presentados por ADEF y ATSA y confirmó la ampliación de la personería gremial del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos.

La resolución rechazó los recursos presentados por las Asociaciones de Empleados de Farmacia (ADEF) y las Asociaciones de la Sanidad Argentina (ATSA), y recuperó como fundamento un dictamen elaborado en 2014 por el entonces fiscal general ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Eduardo Álvarez.

El Dictamen 60768/14 había analizado precisamente la representación de farmacéuticos y bioquímicos. Según ese criterio, un farmacéutico no deja de serlo por desempeñarse en una farmacia, una droguería o una industria. Del mismo modo, un bioquímico mantiene su condición profesional tanto si trabaja en un laboratorio como si lo hace en un hospital.

El criterio sostenido en aquel dictamen podría convertirse en un antecedente relevante para resolver futuras disputas entre los denominados sindicatos de actividad y los sindicatos de profesión.

Uno de los principales argumentos del fallo es que, para determinar la representación de un profesional, resulta relevante su título y su profesión, y no únicamente la actividad o el lugar donde desarrolla su trabajo.

En ese sentido, la Cámara consideró que SAFYB es un sindicato horizontal o profesional, mientras que las organizaciones de empleados de farmacia y de trabajadores de la sanidad son sindicatos verticales, vinculados principalmente con la actividad.

El Dictamen 60768/14 había analizado precisamente la representación de farmacéuticos y bioquímicos. Según ese criterio, un farmacéutico no deja de serlo por desempeñarse en una farmacia, una droguería o una industria. Del mismo modo, un bioquímico mantiene su condición profesional tanto si trabaja en un laboratorio como si lo hace en un hospital.

De acuerdo con esta interpretación, el título profesional constituye el elemento que define la identidad sindical del trabajador.

El criterio fue sostenido en 2014 por Eduardo Álvarez y, según surge del planteo citado en el fallo, también fue ratificado por el actual fiscal general, Juan Manuel Domínguez, en su dictamen de 2025.

Según los fundamentos, esas asociaciones no participaron de las audiencias convocadas por el Ministerio de Trabajo, no presentaron sus libros y tampoco acreditaron sus afiliaciones. Por ese motivo, el fallo consideró que su planteo había sido “meramente dogmático”.

La Cámara concluyó así que las asociaciones de empleados de farmacia y de trabajadores de la sanidad que recurrieron la resolución no podían cuestionar una ampliación de personería que ya había sido reconocida tanto en sede administrativa como judicial.

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