25 de Septiembre de 2026
Edición 7544 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 28/09/2026
Diario Judicial

Más medias contra la trata

El Congreso recibió un proyecto de ley para clausurar locales de explotación y subir las penas por trata. Busca reformar el artículo 145 del Código Penal. Los detalles.

(Foto de Juan Pablo Serrano en Pexels)

Ingresó a la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto para reforzar las herramientas del Estado contra la trata de personas y la explotación sexual.

La iniciativa fija un marco normativo nacional para prohibir, en jurisdicción federal, los establecimientos de explotación sexual bajo cualquier modalidad.

La propuesta alcanza a whiskerías, cabarets, clubes nocturnos, locales de alterne, agencias de acompañantes, casas de masajes con oferta sexual y otros espacios que, según las autoras, suelen funcionar como ámbitos de captación y explotación de víctimas. 

Por otra parte, se busca reformar los artículos 145 bis y 145 ter del Código Penal. El proyecto eleva la pena básica para el delito de trata de personas de cuatro a ocho años de prisión a una nueva escala de seis a 12 años. 

También incorpora la dimensión digital e incluye inmuebles de alquiler temporal utilizados con esos fines.

La iniciativa prevé la clausura inmediata, definitiva e irredimible de esos establecimientos una vez constatada la infracción y declara nulos los actos administrativos que autoricen su funcionamiento.

Además, invita a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adoptar legislaciones equivalentes y a eliminar tributos o tasas que graven esas actividades.

El mismo proyecto incorpora medidas de protección para las personas halladas en los operativos de clausura. Establece que, cuando existan indicios de vulnerabilidad o no pueda acreditarse identidad y domicilio, se presumirá que podrían ser víctimas de trata y deberán recibir asistencia integral a través de los mecanismos previstos en la legislación vigente. 

También promueve el fortalecimiento de contenidos educativos sobre trata, captación digital y grooming dentro de la Educación Sexual Integral, junto con campañas de difusión de la Línea 145.

En los fundamentos, las legisladoras sostienen que la propuesta toma como antecedente el modelo implementado en Córdoba desde 2012, cuando esa provincia prohibió las whiskerías y los locales de alterne.

Al respecto, señalaron que la ausencia de una normativa uniforme en todo el país favorece el desplazamiento de las redes hacia jurisdicciones con menores controles, por lo que consideran necesario establecer un estándar nacional mínimo.

Por otra parte, se busca reformar los artículos 145 bis y 145 ter del Código Penal. El proyecto eleva la pena básica para el delito de trata de personas de cuatro a ocho años de prisión a una nueva escala de seis a 12 años. 

También incrementa las sanciones agravadas, que pasarían a ser de diez a veinte años cuando medien violencia, engaño, abuso de vulnerabilidad o participación de funcionarios públicos, entre otros supuestos.

La propuesta endurece aún más las penas cuando la explotación haya llegado a consumarse, con una escala de quince a veinte años de prisión. Si la víctima es menor de 18 años, la sanción prevista ascendería a entre 18 y 25 años de cárcel.

Las autoras argumentaron que la escala penal vigente resulta insuficiente frente a la gravedad del delito y genera situaciones de desproporción respecto de otros ilícitos contemplados en el Código Penal.

Sostienen, además, que el aumento de las penas podría reducir las posibilidades de obtener beneficios procesales y ampliar los plazos de prescripción en investigaciones complejas, en especial cuando las víctimas tardan años en denunciar por el trauma o el temor a represalias.

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