17 de Septiembre de 2026
Edición 7539 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/09/2026
Diario Judicial

Encierro con reglas claras

La Justicia de Corrientes fijó reglas para el encierro de personas con padecimientos mentales en la Unidad Penal 10.

(Foto de Jimmy Chan)

El Poder Judicial de Corrientes estableció pautas para adecuar las condiciones de alojamiento y la atención en salud mental de las personas alojadas en la Unidad Penal N.° 10, el predio conocido como “Área de Seguridad” que funciona en el mismo predio del Hospital de Salud Mental San Francisco de Asís.

La decisión se inscribe en un hábeas corpus colectivo y correctivo promovido por el Comité Provincial de Prevención de la Tortura y organizaciones de derechos humanos, que reclamaron el “cese del agravamiento ilegítimo de sus condiciones de detención”.

El juzgado también dispuso la conformación de una Junta Médico-Psiquiátrica y Psicológica interdisciplinaria para evaluar la situación integral de las personas alojadas y la compatibilidad de las condiciones de encierro con sus padecimientos.

El establecimiento es un recinto mixto del Servicio Penitenciario provincial. Está destinado, en lo esencial, a personas con padecimientos mentales declaradas inimputables sobre las que pesa una medida de seguridad.

El planteo judicial se basó en monitoreos e inspecciones que, según los presentantes, permitieron constatar de manera directa el régimen de vida, el acceso a la salud y la situación cotidiana de quienes allí permanecen.

En esa presentación se describió el alojamiento prolongado de personas con padecimientos severos, deterioro cognitivo, discapacidad y alta dependencia sanitaria. También se mencionaron institucionalizaciones de más de 20 años y casos de personas que no estarían vinculadas a causas penales activas, sino a procesos civiles o a situaciones de vulnerabilidad.

Se advirtieron, además, prácticas de aislamiento como forma de tratamiento, escasa actividad terapéutica y limitaciones en el abordaje de salud mental, junto con antecedentes de muertes en contexto de encierro.

El Juzgado de Garantías interviniente, a cargo de Leandro Damián Llorente, dispuso medidas urgentes de verificación. Ordenó una inspección integral del predio, con relevamientos edilicios y sanitarios, evaluaciones médicas y psiquiátricas, y controles de higiene y tratamiento.

En esa inspección intervinieron profesionales del Área de Arquitectura del Poder Judicial y de la Unidad Fiscal de Investigaciones Específicas, que documentaron el estado de pabellones, celdas, baños, agua potable, iluminación, ventilación, instalaciones eléctricas y sistemas sanitarios.

El juzgado también dispuso la conformación de una Junta Médico-Psiquiátrica y Psicológica interdisciplinaria para evaluar la situación integral de las personas alojadas y la compatibilidad de las condiciones de encierro con sus padecimientos.

El equipo debe expedirse sobre acceso a la salud, tratamientos, medicación, riesgos sanitarios, eventual hacinamiento y el cumplimiento de la Ley Nacional de Salud Mental N.° 26.657, a la que Corrientes adhirió en 2012.

Informes de organismos de control habían señalado antes graves falencias en el tratamiento, preeminencia del personal de seguridad, escasez de recursos humanos especializados —con un único médico psiquiatra que rota por distintas unidades— y falta de vinculación efectiva con el hospital de salud mental del mismo predio, pese a la cercanía física.

También se había advertido el uso de celdas de aislamiento y permanencias que, en algunos casos, superan los plazos que corresponderían a una condena penal.

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