El Ministerio de Seguridad Nacional aprobó un sistema específico para mujeres privadas de la libertad consideradas de alto riesgo en el Servicio Penitenciario Federal (SPF).
La medida, formalizada por la Resolución 878/2026 y publicada este martes en el Boletín Oficial, adapta el esquema que desde 2024 se aplica a varones vinculados a organizaciones criminales y apunta a impedir que esas estructuras sigan operando desde adentro de las cárceles.
La norma, firmada por la ministra Alejandra Monteoliva, crea el “Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo – Mujeres”. No alcanza de manera automática a toda la población penal femenina: la incorporación dependerá de una evaluación individual del riesgo.
El contacto con el exterior quedará sujeto a las reglas del sistema de alto riesgo, y se contempla un régimen particular de visitas con hijos menores: encuentros quincenales de hasta 60 minutos, con autorización judicial y un máximo de dos visitantes.
Quedan excluidas, entre otros supuestos, las internas embarazadas, las que se encuentren en período de lactancia y aquellas que convivan con niños de hasta cuatro años cuando no sea posible adoptar otras medidas de cuidado.
Según los considerandos oficiales, el sistema original —el SIGPPLAR, aprobado en enero de 2024— “evidenció impactos positivos en materia de seguridad pública y administración penitenciaria”.
En ese marco se incorporó a 78 miembros de distintas organizaciones criminales, una parte significativa de ellos con actividad en Santa Fe, Salta, Jujuy, Córdoba y Corrientes.
El texto sostiene que esa herramienta favoreció el cumplimiento de planes de seguridad como el Plan Bandera, en Rosario; el Plan Güemes, en el norte del país; el Plan Paraná, sobre la hidrovía; y el Plan Andrés Guacurarí, en Misiones.
El Ministerio afirmó que la “creciente complejidad” de los perfiles criminológicos de mujeres integrantes de organizaciones criminales exige mecanismos propios de evaluación, clasificación y separación.
El argumento central es que, tras la detención de referentes varones y el refuerzo de controles penitenciarios, aumentó la participación femenina en funciones ejecutivas, de conducción, transmisión de órdenes y coordinación logística.
El texto oficial también señaló que ciertas organizaciones estructuradas como “clan familiar” recurren a mujeres del núcleo para sostener la operatoria ilegal, incluso desde el encierro.
Para fundamentar esa lectura, la resolución cita estudios internacionales —entre ellos un informe de 2024 de la Global Initiative Against Transnational Organized Crime y otro de 2023 de la OSCE— y documentos del Ministerio Público Fiscal sobre narcocriminalidad dentro de los establecimientos.
El nuevo régimen prevé adecuaciones en infraestructura, tratamiento, salud integral, vinculación familiar y condiciones de alojamiento. Las internas alcanzadas deberán quedar en sectores habilitados específicamente, en celdas individuales y sin contacto con la población penal común. Las actividades laborales, educativas, recreativas y deportivas se desarrollarán dentro del mismo módulo.
El contacto con el exterior quedará sujeto a las reglas del sistema de alto riesgo, y se contempla un régimen particular de visitas con hijos menores: encuentros quincenales de hasta 60 minutos, con autorización judicial y un máximo de dos visitantes.
El personal asignado deberá recibir capacitación en perspectiva de género y en el abordaje de población penal femenina de alto riesgo.
Los registros personales estarán a cargo de funcionarias del mismo sexo y la videovigilancia del dispositivo, integrada exclusivamente por mujeres. Las evaluaciones de riesgo serán semestrales, salvo situaciones excepcionales.
La Dirección Nacional del SPF quedó facultada para poner en marcha el sistema y tiene 60 días para elaborar los protocolos complementarios y los manuales específicos.