27 de Agosto de 2026
Edición 7524 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 28/08/2026
Diario Judicial

Espacio exclusivo para el nuevo sistema

Corrientes habilitó un sitio web para explicar el nuevo sistema penal juvenil, que entra en vigencia el 1° de septiembre. La herramienta reúne información, derechos y recursos vinculados con el nuevo esquema y busca explicar cómo funcionará la intervención judicial.

(Foto de Canva Studio)

El Poder Judicial de Corrientes habilitó un espacio digital destinado a adolescentes, familias y ciudadanía para acompañar la puesta en marcha del Sistema de Justicia Penal Juvenil.

La herramienta se suma al régimen transitorio aprobado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ), que comenzará a aplicarse el 1° de septiembre de 2026, mientras se completan los cargos y las estructuras especializadas definitivas.

En Corrientes, la Ley provincial 6.736 creó el Sistema de Justicia Procesal Juvenil, con un fuero específico para menores de 18 años en causas que no correspondan a la jurisdicción federal. El eje declarado de esa ley es asegurar las garantías del debido proceso y orientar la respuesta judicial hacia una finalidad socioeducativa y restaurativa.

Según informó el organismo, el sitio reúne información, derechos y recursos vinculados con el nuevo esquema y busca explicar cómo funcionará la intervención judicial cuando un adolescente sea vinculado a un hecho tipificado como delito.

El lanzamiento ocurre pocos días antes de la entrada en vigencia del régimen y se inscribe en una etapa de transición: la provincia ya sancionó su propia normativa procesal, pero todavía no tiene cubierto el fuero especializado previsto en esa ley.

El marco combina dos normas. A nivel nacional rige la Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil, que estableció la responsabilidad penal desde los 14 años y derogó el régimen de la Ley 22.278.

En Corrientes, la Ley provincial 6.736 creó el Sistema de Justicia Procesal Juvenil, con un fuero específico para menores de 18 años en causas que no correspondan a la jurisdicción federal. El eje declarado de esa ley es asegurar las garantías del debido proceso y orientar la respuesta judicial hacia una finalidad socioeducativa y restaurativa.

El 11 de agosto, mediante el Acuerdo Extraordinario N° 5/26, el STJ aprobó un régimen transitorio para aplicar esas reglas sin esperar a que estén cubiertos todos los cargos creados por la ley provincial. Esos cargos incluyen dos jueces penales juveniles en Capital y uno en Goya, Mercedes, Paso de los Libres y Santo Tomé, además de una Oficina de Justicia Restaurativa.

Hasta tanto se completen las designaciones, magistrados ya en funciones —en especial con competencia en Familia, Niñez y Adolescencia— actuarán como jueces penales juveniles transitorios, sin dejar sus tareas ordinarias.

El relevamiento judicial del período 2024-2026 contabilizó 177 legajos vinculados con conflictividad penal juvenil en toda la provincia, con una distribución desigual entre circunscripciones.

Sobre esa base, el STJ optó por un esquema gradual. La Oficina Judicial asignará al juez transitorio desde el primer requerimiento; en Capital y Goya la asignación se hará por turnos de 15 días. Si un mismo adolescente tiene más de un proceso, intervendrá el juez que haya prevenido en la causa más antigua.

En causas mixtas, con menores y mayores de edad, se procurará preservar la unidad de la investigación, pero la etapa de sanción del adolescente quedará a cargo de un juez penal juvenil transitorio.

El modelo distingue la respuesta penal de la protección integral de derechos. Si durante un proceso se detecta una vulneración, podrán adoptarse medidas urgentes y requerirse la intervención de organismos administrativos, equipos interdisciplinarios y áreas de salud, educación o desarrollo social, “sin confundir la finalidad propia del proceso penal juvenil con la función de protección integral”, según el régimen.

Las causas iniciadas antes del 1° de septiembre seguirán tramitando con las reglas vigentes al momento de su inicio.

También se prevé poner en funcionamiento la Oficina de Justicia Restaurativa para el seguimiento de medidas socioeducativas y comunitarias, y un programa de capacitación para magistrados, fiscales, defensores, oficinas judiciales y equipos técnicos.

El régimen transitorio cesará en cada circunscripción a medida que entren en operación las estructuras definitivas.


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