La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la invalidez de un pagaré por USD 32.500 firmado por un piloto al ingresar a trabajar en FB Líneas Aéreas S.A., más conocida como Flybondi.
El documento, suscripto bajo la denominación de "Convenio de formación profesional. Compromiso de permanencia y no competencia", exigía la devolución de dicho monto si el trabajador rescindía el vínculo laboral antes de transcurridos los dos años
El Tribunal analizó que la obligación accesoria imponía al accionante una restricción contraria a la ley
Respecto a la presunta capacitación brindada por la compañía low cost, la Cámara laboral fundamentó que "si la empresa decidió contratar un principiante y asumir el costo de su formación inicial, ello no se debió a una acción altruista sino a una conveniencia comercial".
Se destacó que obligar a un asalariado a permanecer en su puesto bajo amenaza financiera vulnera garantías básicas de la Constitución. El camarista de Vedia remarcó, por su parte, que "la libertad jurídicamente prevalente es que el trabajador ya no se encuentra bajo una servidumbre contractual sino que puede elegir finalizar el vínculo que lo une a su contraparte con la sola obligación de preavisar su decisión".
Asimismo, el vocal sostuvo que "someterlo a un plazo de 24 meses bajo amenaza de ejecutar en su contra un pagaré que firmó para conseguir el empleo, atenta contra su libertad de trabajar y de contratación".
Respecto a la presunta capacitación brindada por la compañía low cost, la Cámara laboral fundamentó que "si la empresa decidió contratar un principiante y asumir el costo de su formación inicial, ello no se debió a una acción altruista sino a una conveniencia comercial".