El Tribunal Oral Federal de Resistencia absolvió a un hombre, quien había llegado a juicio acusado por los delitos de siembra o cultivo de material estupefaciente y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
La causa se originó tras un allanamiento donde Gendarmería Nacional secuestró 329 plantines, 223 plantas de cannabis, ramas secas, cuatro aceites, ocho cremas de cannabis, un teléfono celular y dinero en efectivo, entre otros elementos.
Durante el juicio, el hombre relató que todo se había originado a través de un contacto por la red social Instagram con un productor platense debidamente registrado ante el Instituto Nacional de Semillas. Entusiasmados con la idea de adaptar genéticamente las semillas al suelo chaqueño, firmaron un contrato de alquiler sobre el predio de la madre del imputado, contrataron empleados e iniciaron las tareas de fitogenética.
En su alegato, el fiscal consideró acreditado el secuestro del material vegetal, pero entendió que la investigación no logró demostrar que se dedicara a la comercialización de drogas ni que el cultivo tuviera un destino ilícito. En ese sentido, remarcó que la denuncia que dio origen a la causa no fue corroborada y cuestionó que la pesquisa no profundizara sobre la normativa vigente ni sobre la documentación existente.
La acusación también destacó que desde 2021 funciona el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) y que en el expediente obraban informes del INASE que acreditaban que estaba autorizado para actividades relacionadas con semillas de cannabis, extremos que, según sostuvo, no fueron debidamente verificados durante la investigación.
La sentencia también resaltó que el Ministerio Público Fiscal retiró la acusación al no encontrar pruebas suficientes para sostener la culpabilidad del acusado, por lo que correspondía dictar su absolución y disponer el cese de las restricciones impuestas durante el proceso.
Al analizar el caso, el juez Juan Manuel Iglesias coincidió en que no existían elementos suficientes para acreditar que el imputado hubiera actuado con la intención de producir cannabis con fines ilícitos. Señaló que la relación contractual, la documentación existente y las habilitaciones vinculadas al proyecto permitían concluir que podía razonablemente entender que desarrollaba una actividad permitida.
La sentencia también resaltó que el Ministerio Público Fiscal retiró la acusación al no encontrar pruebas suficientes para sostener la culpabilidad del acusado, por lo que correspondía dictar su absolución y disponer el cese de las restricciones impuestas durante el proceso.