
La Corte Suprema de Justicia resolvió remitir al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una causa penal en la que se discutía la revisión de una sentencia dictada por la Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.
Por mayoría, el Máximo Tribunal aplicó la doctrina fijada en los precedentes “Ferrari” y “Haras El Moro S.A.”, y sostuvo que el TSJ porteño constituye el “superior tribunal de la causa” en los términos del artículo 14 de la Ley 48.
El juez Carlos Rosenkrantz remitió a los fundamentos y conclusiones expuestos en su disidencia en los precedentes citados. Por su parte, el ministro Ricardo Lorenzetti emitió un voto propio en el que aludió a la situación actual del MáximoTribunal.
En los autos “Vargas, Nelson Javier s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado (penal) en Nogues Bruno, Alejandro Daniel y otros s/ incidente de incompetencia”, la Corte señaló que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resulta competente para revisar la sentencia de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional.
El juez Carlos Rosenkrantz remitió a los fundamentos y conclusiones expuestos en su disidencia en los precedentes citados. Por su parte, el ministro Ricardo Lorenzetti emitió un voto propio en el que aludió a la situación actual del Máximo Tribunal.
Allí sostuvo que la Corte “tiene dos vacantes desde el 29 de diciembre de 2024” y que esas vacantes “no han sido cubiertas luego de 17 meses, lo que configura una situación excepcionalísima”.
Según el magistrado, esa situación “afecta gravemente el funcionamiento del Tribunal”, por lo que consideró necesario adoptar “medidas excepcionales para evitar que ese perjuicio se extienda a quienes reclaman justicia”. En el caso se sumaron los conjueces Patricia Marcela Montini y Pablo Alejandro Candisano.