
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una nueva acordada reglamentaria que introduce formularios obligatorios para la presentación de recursos de inconstitucionalidad y de queja por denegación, en un contexto marcado por el fuerte crecimiento de expedientes tras el fallo “Levinas” de la Corte Suprema.
Según el texto de la Acordada 11/2026, el “informe de actividad jurisdiccional 2025” reveló “un incremento exponencial en el cúmulo de causas ingresadas al Tribunal durante el último año”, fenómeno que el cuerpo vinculó “a la incidencia de la doctrina fijada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente ‘Levinas’, a lo que se suma la reciente sanción de la Ley 27.802”.
Frente a ese escenario, el TSJ resolvió aprobar dos formularios: uno para la interposición del recurso de inconstitucionalidad previsto en el artículo 27 de la Ley 402 y otro para la queja por denegación de ese recurso, regulada en el artículo 33 de la misma norma. Ambos deberán adjuntarse a los escritos judiciales correspondientes.
La acordada -firmada por Inés M. Weinberg, junto a los jueces Luis Francisco Lozano, Alicia Enriqueta Ruiz y Santiago Otamendi- pone a “disposición de litigantes y letrados un modelo y formulario en los que se indican los datos o cuestiones más relevantes para la presentación de recursos ante el Tribunal, en forma clara y precisa”. También sostiene que “una mayor uniformidad y sistematicidad facilitarán la labor de revisión de la admisibilidad de los recursos tanto del Tribunal como de las Cámaras de Apelaciones”.
Asimismo, el texto advirtió que las modificaciones se impulsan “tanto más cuando se proyecta avanzar en la aplicación de inteligencia artificial en esta primera etapa de la tramitación de las causas que sean de su competencia”.
Las nuevas exigencias no serán inmediatas. El TSJ dispuso que durante los primeros seis meses de vigencia los formularios tendrán carácter “meramente orientativo”, y recién después de ese plazo pasarán a ser obligatorios.
El Tribunal porteño también recordó que las Acordadas 33/2014 y 11/2023 ya habían habilitado a los secretarios a dictar providencias de trámite y destacó que la experiencia “aunque puede ser mejorada, es satisfactoria”. En esa línea, dispuso que las secretarías judiciales “no requerirán indicación expresa para despachar lo que en cada caso corresponda”, salvo el llamado de autos al acuerdo, que seguirá reservado al juez de trámite.
Asimismo, el texto advirtió que las modificaciones se impulsan “tanto más cuando se proyecta avanzar en la aplicación de inteligencia artificial en esta primera etapa de la tramitación de las causas que sean de su competencia”.