
El Juzgado de Paz de Ingeniero Huergo, Río Negro, condenó a un matrimonio de vecinos al pago de una indemnización y les ordenó cesar las molestias generadas por sus gatos, que desde 2023 invadían techos ajenos con ruidos nocturnos, peleas y excrementos.
La sentencia, dictada en una demanda de menor cuantía, reconoció perjuicios económicos y morales al propietario demandante, quien además vio cómo un inquilino se mudaba y tuvo que bajar el precio del alquiler para mantener ocupado el departamento.
El demandante que los gatos de la vivienda contigua utilizaban los techos como vía de tránsito habitual entre los fondos de ambas propiedades, lo que facilitaba el paso de los animales. Uno de los inquilinos –un joven que estudiaba y trabajaba– terminó mudándose porque los ruidos diurnos y nocturnos le impedían conciliar el sueño.
Según el expediente, los animales saltaban, corrían y se peleaban sobre las chapas de los techos todas las madrugadas, generando golpes secos que impedían el descanso del propietario y de sus inquilinos. Además, los gatos dejaban acumulados desechos en la propiedad vecina, lo que agravaba la situación con olores y suciedad.
El damnificado, propietario de una casa en la localidad, inició la demanda por daños y perjuicios tras comprobar que la convivencia se había vuelto insostenible.
El demandante que los gatos de la vivienda contigua utilizaban los techos como vía de tránsito habitual entre los fondos de ambas propiedades, lo que facilitaba el paso de los animales. Uno de los inquilinos –un joven que estudiaba y trabajaba– terminó mudándose porque los ruidos diurnos y nocturnos le impedían conciliar el sueño.
Ante esa situación, el propietario se vio obligado a reducir el valor del alquiler para evitar que el departamento quedara vacío.
Previamente, el afectado había realizado denuncias ante el Juzgado de Faltas Municipal, donde se aplicaron sanciones que, según la sentencia, no fueron cumplidas por los vecinos.
Estos últimos negaron en el juicio ser responsables de los hechos y los atribuyeron a una “sobrepoblación” de gatos en la zona. Afirmaron ejercer una “tenencia responsable” de sus animales, señalaron que estaban castrados y acusaron al demandante de hostigar a los vecinos y de exagerar los perjuicios.
El magistrado, sin embargo, consideró acreditados los hechos a partir de pruebas documentales –las actuaciones municipales– y testimoniales, entre ellas la declaración del ex inquilino que confirmó los ruidos constantes y la imposibilidad de descansar.
El juez destacó que las perturbaciones superaron ese límite por su frecuencia, su horario nocturno y su duración prolongada.
Además, se consideró acreditada la conducta ilegal por omisión; esto quiere decir que, ante las advertencias y los llamados de atención, los vecinos no actuaron y tomaron una actitud pasiva.
De esta manera, se hizo lugar a la demanda y se condenó a los demandados no solo al pago de una indemnización por los daños materiales y el daño moral sufrido por el propietario, sino también a adoptar las medidas necesarias para prevenir y terminar con toda fuente de molestias injustificadas.