24 de Diciembre de 2025
Edición 7362 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2025
Aplicación del Código Procesal Penal Federal

La extradición puede esperar

Por distintas irregularidades durante el proceso, la Corte Suprema revocó una resolución que disponía la extradición de un ciudadano peruano requerido en su país por robo agravado. Se deberá dictar una nueva sentencia.

(jorgebotella587155| es.vecteezy.com)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una resolución que disponía la extradición de un ciudadano peruano requerido en su país por robo agravado, y dispuso que se realice un nuevo proceso para evaluar si procede su entrega a Perú con el fin de ser juzgado.

La medida fue adoptada por los magistrados Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, tras señalar que en el procedimiento no se llevó a cabo una audiencia para que el imputado tomara conocimiento de la causa, ni se realizó el juicio correspondiente previo a la sentencia que autorizaba la extradición. 

 

Antes de resolver el fondo, la Corte Suprema hizo una advertencia al juez interviniente para que, en adelante, se ajuste estrictamente a las normas procesales. En ese marco, indicaron que Aliaga Reyes estaba detenido a disposición del Juzgado Federal de Tartagal por hechos locales, y que también se ordenó su arresto en respuesta a una comunicación de Interpol.

 

Además, destacaron que no se aplicó el Código Procesal Penal Federal, que rige en la provincia de Salta desde 2019.

El caso comenzó en 2023 con la captura de José Luis Aliaga Reyes, alias “El Chancho Aliaga”, quien era buscado por las autoridades peruanas por robo agravado. En estos trámites de extradición, no se evalúan los delitos imputados, sino la validez del requerimiento del país solicitante. 

El juez federal de San Ramón de la Nueva Orán, en Salta, había concedido la extradición, pero la defensa interpuso una apelación argumentando violaciones al principio de legalidad en el proceso.

Antes de resolver el fondo, la Corte Suprema hizo una advertencia al juez interviniente para que, en adelante, se ajuste estrictamente a las normas procesales. En ese marco, indicaron que Aliaga Reyes estaba detenido a disposición del Juzgado Federal de Tartagal por hechos locales, y que también se ordenó su arresto en respuesta a una comunicación de Interpol.

En enero de 2023, Aliaga Reyes rechazó la extradición. Transcurridos los 60 días establecidos en el tratado bilateral sin que llegara la solicitud formal, el juzgado dispuso su libertad. La documentación y el pedido oficial arribaron en diciembre de 2023. El defensor renunció, y se instó a Aliaga Reyes a designar un nuevo letrado, lo que se materializó a mediados de febrero de 2024. A fines de ese mes, el juez dictó la orden de extradición. 

Del expediente revisado por la Corte surge que el nuevo abogado aceptó el cargo recién en marzo de 2024.

“Las circunstancias expuestas resultan suficientes como para privar de validez a lo actuado por el juez de la causa pues, además de no haber cumplido con la audiencia regulada en el artículo 27 de la ley 27467, tampoco ha celebrado el juicio mentado en el artículo 30 de la citada norma, como paso previo para el pronunciamiento de la sentencia de extradición”, enfatizó la Corte Suprema, que ordenó la emisión de una nueva sentencia.

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