El Juzgado de Familia de Bariloche autorizó a una mujer a cruzar la frontera hacia Temuco, en Chile, junto a sus dos hijos, con el fin de reunirse con familiares durante las fiestas navideñas.
El viaje se concretará pese a la imposibilidad de obtener el consentimiento del padre de uno de los menores, quien no ha podido ser localizado desde hace varios años.
La sentencia, firmada por la jueza Gabriela Lapuente no solo aprobó este traslado específico, sino que extendió la autorización para futuros viajes al exterior con la hija hasta que alcance la mayoría de edad, evitando la necesidad de trámites repetitivos.
La madre presentó la solicitud ante la Justicia argumentando que, a pesar de los esfuerzos por contactar al progenitor –incluyendo búsquedas a través de parientes como la abuela y tías paternas–, no tuvo respuesta.
En la audiencia detalló que el hombre cambió frecuentemente de empleo y residencia, lo que complicó cualquier intento de comunicación. Además, a uno de sus hijos nunca lo conoció, mientras que la hija mayor solo tuvo contacto durante sus primeros meses de vida.
El padre fue notificado para presentarse en la audiencia, pero no asistió ni justificó su ausencia. Tampoco participó en otros procedimientos relacionados, como el pago de alimentos o acuerdos previos.
Ante esta situación, la Defensora de Menores evaluó el caso y emitió un dictamen favorable, destacando que el viaje responde al bienestar de los niños y a su derecho a disfrutar del período de vacaciones escolares en un entorno familiar.
La sentencia, firmada por la jueza Gabriela Lapuente no solo aprobó este traslado específico, sino que extendió la autorización para futuros viajes al exterior con la hija hasta que alcance la mayoría de edad, evitando la necesidad de trámites repetitivos.
La magistrada aclaró que esta medida no implica un permiso para una radicación permanente fuera del país.
“La evaluación y determinación del interés superior del niño requieren garantías procesales y un procedimiento que las garantice. La legislación debería garantizar que se tenga en cuenta explícitamente el interés superior del niño, y establecer criterios para la decisión y ponderación de los intereses de la infancia y la adolescencia frente a otras consideraciones”, remarcó el fallo.
En ese sentido, la jueza aseguró que “la autorización para viajar solicitada redundará en beneficio del interés familiar de los niños, evitando consecuentemente que deba ocurrir al auxilio jurisdiccional cada vez que necesite la mentada autorización, máxime si se tiene en cuenta la finalidad, consistente en compartir tiempo de ocio, disfrute y recreación familiar”.