La Cámara del Trabajo de Cipolletti confirmó el despido de una trabajadora de un casino tras detectar faltantes en la bóveda donde se guardaba la recaudación.
La empleada ocupaba un puesto en el sector de Tesorería, donde tenía acceso directo a los sistemas de custodia de valores. Según el expediente, en varias jornadas se identificaron discrepancias entre las sumas reportadas como ingresos de las mesas de juego y los montos reales contados al final.
El tribunal evaluó las pruebas de testigos, documentos y registros técnicos, determinando que el comportamiento de la empleada no era compatible con sus responsabilidades ni con el nivel de confianza necesario para manejar fondos.
Las filmaciones mostraron entradas solitarias a la bóveda, manejo no autorizado de contenedores de recaudación y conductas que violaban las normas internas establecidas.
Un día, al finalizar su turno, la mujer fue detenida por el personal de seguridad del lugar. Ante un escribano, se verificó que portaba una cantidad significativa de dinero que no había declarado al entrar, como lo requerían las reglas de la compañía.
La empresa interpretó estos hechos como una infracción a los principios de buena fe, cuidado y fidelidad, y procedió a notificar el despido con causa a través de un acta notarial.
En el juicio, declararon empleados de vigilancia, seguridad y administración, quienes señalaron que las faltas de dinero solo ocurrieron durante los turnos de la trabajadora. Además, explicaron que no había justificación operativa para los movimientos que realizaba en la bóveda, y que este patrón se repitió en días consecutivos.
Los jueces consideraron que la empresa reaccionó de inmediato al descubrir las irregularidades y comunicó la medida de forma precisa y con fundamentos.
El tribunal evaluó las pruebas de testigos, documentos y registros técnicos, determinando que el comportamiento de la empleada no era compatible con sus responsabilidades ni con el nivel de confianza necesario para manejar fondos.
“Finalmente, resta mencionar que no teniendo por acreditados los hechos que fueron invocados por la accionada para justificar el despido, si hubiere alguna duda al respecto, ésta no podría perjudicar a la trabajadora. En el caso, resulta aplicable el principio general “in dubio pro operario”, ante la falta de certeza de las conductas y hechos atribuidos a la trabajadora e invocados como suficientemente graves por la accionada para justificar su posición”, concluyó el fallo.