03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025
Privacidad en riesgo: app de seguimiento menstrual

Meta y el calendario indiscreto

Un reciente veredicto de un jurado de California encontró fundamentos para avanzar con una demanda colectiva contra Meta. El foco: la supuesta recolección y uso indebido de datos privados de usuarias de una aplicación de seguimiento menstrual, sin el consentimiento explícito requerido por la ley estatal.

(https://flo.health)
Por:
Santiago
Rubin
Por:
Santiago
Rubin

Un jurado del distrito norte de California resolvió que existen elementos suficientes para que avance una demanda colectiva contra Meta Platforms Inc., presentada por usuarias de una aplicación de seguimiento del ciclo menstrual. La empresa está acusada de haber accedido y utilizado sin autorización datos personales sensibles, incluyendo información sobre ciclos menstruales, embarazos y relaciones sexuales.

La denuncia fue presentada bajo la Ley de Privacidad del Consumidor de California (CCPA, por sus siglas en inglés), que establece exigencias estrictas para el uso de datos personales, y específicamente para el consentimiento informado en el tratamiento de información sensible.

Entre los datos involucrados se encuentran búsquedas relacionadas con embarazo, síntomas de ovulación, relaciones sexuales y otras conductas privadas

 

El caso tiene origen en la utilización de herramientas de seguimiento de marketing, como el "Meta Pixel", insertadas en aplicaciones de salud reproductiva como Flo Helth. Esta herramienta permite recolectar información de la actividad del usuario dentro de las apps y enviarla a los servidores de Meta; entre los datos involucrados se encuentran búsquedas relacionadas con embarazo, síntomas de ovulación, relaciones sexuales y otras conductas privadas.

 

Se cuestiona la finalidad comercial de este acceso, que habría sido utilizado para segmentar publicidad dirigida basada en el estado de salud de las usuarias

 

El argumento central de la demanda es que Meta no informó adecuadamente sobre esta recolección de datos, ni obtuvo el consentimiento específico para el tratamiento de datos sensibles. Además, se cuestiona la finalidad comercial de este acceso, que habría sido utilizado para segmentar publicidad dirigida basada en el estado de salud de las usuarias.

Según medios especializados, del expediente se desprende que Meta habría recibido reportes técnicos de los propios desarrolladores de las aplicaciones sobre la presencia de información sensible en los eventos capturados por Pixel. Sin embargo, la empresa no habría tomado medidas inmediatas para evitar la recolección o uso de esa información.

La decisión no constituye una condena, pero permite continuar con el proceso colectivo bajo la legislación estatal. Esto abre la posibilidad de que Meta deba enfrentar un juicio completo o, eventualmente, una resolución por acuerdo. En cualquiera de los escenarios, marca un precedente relevante sobre el tratamiento de datos de salud en plataformas digitales y el alcance de las leyes de privacidad en el entorno tecnológico.

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