Un trabajador de Santa Cruz llevó a juicio a su ex empleadora reclamando una batería de indemnizaciones tras su despido. Alegó que fue cesanteado sin causa, que existieron diferencias salariales y que no se habían registrado debidamente los aportes. La causa se tramitó bajo el expediente "G. R. L. c/ Coop. Sportman Ltda. s/ Laboral cobro de pesos".
La sentencia de primera instancia rechazó casi todos los rubros reclamados: indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, SAC, multas por leyes laborales, daño moral, entre otros. Solo reconoció a favor del trabajador diferencias salariales, ordenando su pago con intereses. Sin embargo, a pesar del resultado parcialmente favorable, el juez impuso las costas a la parte demandada.
“La noción de vencido (la cual indica que debe soportar las costas) ha de ser fijada con una visión sincrética del juicio; y no por análisis aritméticos de las pretensiones y los resultados”
Esa decisión motivó la apelación de la empresa, que se quejó de tener que asumir los costos judiciales cuando la mayoría de los reclamos fueron rechazados. Pero la Cámara de Apelaciones de Caleta Olivia no le dio la razón.
Los jueces Humberto Eduardo Monelos, Griselda I. Bard y Horacio M. J. Fernández explicaron que "la noción de vencido (la cual indica que debe soportar las costas) ha de ser fijada con una visión sincrética del juicio; y no por análisis aritméticos de las pretensiones y los resultados. Con tal base es notorio que las costas deben ser impuestas íntegramente a la parte que se opuso negando la procedencia de la pretensión, pues aunque el pedido fuera exagerado cuantitativamente, la litis resultó igualmente necesaria al no haber la demandada pagado aquello procedente.".
Para los magistrados, lo importante fue que la empresa negó todo, incluso lo que finalmente se le reconoció al trabajador, y eso obligó a litigar. "Aunque el pedido fuera exagerado cuantitativamente, la litis resultó igualmente necesaria al no haber la demandada pagado aquello procedente", concluyeron.
Además, remarcaron que la empresa no se allanó ni consignó los montos que resultaron reconocidos, lo cual reforzaba la idea de que fue la resistencia total lo que generó el juicio. Así, confirmaron que las costas quedaran a cargo de la firma demandada.