14 de May de 2025
Edición 7210 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 15/05/2025
Formosa, 2 juicios y ninguna fábrica

Abrir una fábrica es una carrera de obstáculos

Una SRL buscaba abrir una fábrica de aceite pero la distribuidora de energía les garantizó conexión eléctrica y tuvo que ir a la Justicia. Sin embargo, el reclamo salió negativo: el fallo sostuvo que la firma tenía una sentencia en contra que le ordenaba obtener una licencia ambiental y aún no se cumplía.

Una empresa solicitó el dictado de una medida autosatisfactiva ante la justicia federal para que la firma de energía eléctrica de Formosa realice la conexión y suministro del servicio a la planta industrial donde funcionaba la actora, en la localidad de Ibarreta.

En su relato, dijo que se aprobó la factibilidad técnica y el proyecto ejecutivo de instalación del transformador requerido y que incluso se contrató a una empresa idónea para llevar adelante la obra, pero cuando se terminó la instalación, la demandada (REFSA) no cumplía su obligación de efectuar la conexión pendiente.

El caso se caratuló “Agroindustria de Formosa SRL c/ REFSA s/ Medida autosatisfactiva”, y obtuvo un pronunciamiento de rechazo en primera instancia, que motivó una apelación a la Cámara Federal de Resistencia.

Tras evaluar los presupuestos de procedencia de la pretensión, los camaristas Patricia Beatriz García y Enrique Jorge Bosch coincidieron en que la decisión debía confirmarse ya que no existía arbitrariedad por parte del tribunal inferior, que fundó debidamente su decisión.

Para la alzada, en el expediente no constaban la totalidad de los documentos requeridos para que se realice la conexión.

 

Existía otro expediente donde la provincia de Formosa demandó una medida autosatisfactiva contra la empresa para que complete las licencias ambientales antes de avanzar con planta industrial … lo cual debía cumplirse primero, ya que en el mismo proceso se ordenó a REFSA que se abstenga de realizar la conexión eléctrica hasta que se cumplimente.

 

Para fundar esa postura, los magistrados apuntaron que la actora no acompañó la constitución de garantía, la declaración de potencia a contratar firmada por persona autorizada (contrato de suministro), el régimen tarifario para usuario de grandes demandas firmado por persona autorizada y documentación de la instalación eléctrica firmada por profesional y visado por la municipalidad o ente provincial que corresponda a la habilitación de la misma.

Si bien la recurrente expresó que “no puede obtener la habilitación para funcionar porque la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (RUCA) no posee suministro eléctrico de acuerdo surge del acta de fiscalización que acompaña”, nada dijo respecto a los demás requisitos de REFSA.

Al mismo tiempo, el jefe de grandes usuarios de REFSA informó que no habían recibido ninguna solicitud de alta de usuarios como gran usuario por parte de la empresa actora, y también informó la firma demandada que de las inspecciones se constató que la obra estaba incompleta lo que se mantuvo en una segunda inspección dos años después.

Para completar, existía otro expediente donde la provincia de Formosa demandó una medida autosatisfactiva contra la empresa para que complete las licencias ambientales antes de avanzar con planta industrial de producción de aceite crudo desgomado y expeller de soja, lo cual debía cumplirse primero, ya que en el mismo proceso se ordenó a REFSA que se abstenga de realizar la conexión eléctrica hasta que se cumplimente.

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