La Corte Suprema de Justicia puso fin a un litigio que ponía bajo la lupa la caza deportiva con jauría en la provincia de La Pampa, en el marco de los autos "Ministerio Público de la Defensa c/ Provincia de La Pampa s/ amparo".
Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el Máximo Tribunal desestimó la queja interpuesta por el Ministerio Público de la Defensa y dejó firme la resolución que avalaba la normativa local.
El conflicto judicial se originó cuando el Ministerio Público de la Defensa intentó declarar la inconstitucionalidad del artículo 26 del decreto local 2218/94 —reglamentario de la Ley provincial 1194 de Conservación de la Fauna Silvestre— en cuanto habilita la caza deportiva con jauría.
Desde la perspectiva de la actora, se sostenía que la medida vulneraba garantías constitucionales y leyes nacionales de protección ambiental y animal, advirtiendo sobre "el sufrimiento que experimentan los animales cuando se emplea esta modalidad".
Sin embargo, el Superior Tribunal de Justicia de la Pampa había rechazado el amparo por entender que el decreto reglamentario se ajustaba a la Ley 1194, la cual no prohíbe la utilización de jaurías ni detalla restricciones sobre los medios. Bajo el principio de que "ningún habitante puede ser privado de hacer lo que la ley no prohíbe", la justicia local consideró que el Poder Ejecutivo no se había excedido en sus funciones.
Asimismo, el Tribunal pampeano señaló que "el recinto parlamentario es el espacio pertinente para discutir la cuestión de manera amplia e integral" en relación con el debate actual sobre el estatus jurídico de los animales.
Los supremos aclararon que la decisión adoptada "no implica pronunciamiento alguno sobre la Ley provincial 1194, en tanto no fue cuestionada por la actora en la demanda ni ha sido materia de decisión en la causa".
En este escenario, la procuradora Laura Monti emitió su dictamen y concluyó que los agravios de la recurrente remitían al examen de cuestiones de derecho público local y que no se advertía un caso de arbitrariedad. La representante del Ministerio Público Fiscal advirtió que la actora cuestionaba puntualmente las condiciones de traslado de los perros y la habilitación de la temporada, pero omitió efectuar "una concreta impugnación del marco normativo que les otorga sustento".
Finalmente, la Corte adoptó los fundamentos del dictamen de la Procuradora por razones de brevedad. Los supremos aclararon que la decisión adoptada "no implica pronunciamiento alguno sobre la Ley provincial 1194, en tanto no fue cuestionada por la actora en la demanda ni ha sido materia de decisión en la causa".