24 de Septiembre de 2026
Edición 7544 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 25/09/2026
Diario Judicial

La cuenta que cerró la extorsión

Un hombre que recibió dos transferencias en una cuenta en una fintech a su nombre fue procesado como partícipe necesario de una extorsión. La defensa sostuvo que había perdido el celular y que ya no tenía acceso a la aplicación, pero la Justicia dijo que la coartada era "inverosímil"

(Foto de Sora Shimazaki)

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó en la causa "A., M. E. s/ extorsión" - procesamiento el procesamiento de un hombre como partícipe necesario de una extorsión, al considerar que su cuenta de una plataforma fintech fue utilizada para recibir el dinero entregado por la víctima bajo amenazas contra la integridad física de su hijo.

El hecho comenzó con un llamado telefónico en el que le dijeron a la víctima que su hijo “se portó mal” y que le iban a “abrir la panza” si no entregaba dinero. Luego volvieron a comunicarse y reiteraron la amenaza, exigiéndole que realizara una transferencia. Ante el temor por la integridad de su hijo, la mujer efectuó dos operaciones, ambas dirigidas a una cuenta registrada a nombre de A.

La defensa cuestionó que la titularidad de la cuenta pudiera vincular a su asistido con la maniobra. Explicó que a mediados de 2025 había perdido su teléfono celular y, como consecuencia, el acceso a su cuenta de Personal Pay. Por esa razón, sostuvo que no podía atribuirse al imputado conocimiento o voluntad respecto de las operaciones realizadas.

La participación necesaria "no exige  que el interviniente tenga dominio material de cada tramo de la ejecución, sino que  realice un aporte doloso, relevante y funcional al hecho principal" 

Los camaristas descartaron el planteo, "la hipótesis que pretende introducir la  defensa por vía recursiva, y a través del descargo del imputado, resulta inverosímil", sostuvieron. 

Sobre el punto, recordaron que la participación necesaria "no exige  que el interviniente tenga dominio material de cada tramo de la ejecución, sino que  realice un aporte doloso, relevante y funcional al hecho principal" En este caso, consideraron que ese aporte estuvo dado por la recepción de los fondos en una cuenta registrada a nombre del imputado.

Además, el tribunal destacó que los movimientos de la cuenta no habían sido desconocidos y que tampoco se había informado a la entidad que el acusado ya no podía acceder a ella. Para los jueces, esos elementos permitían considerar que la explicación introducida por la defensa resultaba inverosímil frente al resto de la evidencia reunida.

En ese sentido, concluyeron que A. había integrado la maniobra “desde una posición esencial”, al proporcionar un medio que resultó indispensable para la consumación del delito y la posterior distribución de los fondos.



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