11 de Septiembre de 2026
Edición 7535 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 14/09/2026
Diario Judicial

Olvidos previsionales

El Máximo Tribunal dejó parcialmente sin efecto una sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social por omitir expedirse sobre los conceptos no remunerativos del haber inicial de un jubilado.

(Foto de Talha Uğuz en Pexels)

Con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema de Justicia dejó parcialmente sin efecto un fallo de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social porque omitió analizar el reclamo de un jubilado sobre la inclusión de conceptos no remunerativos en el cálculo de su haber inicial.  

En la causa "Amado Jorge Nicolás c/ ANSES s/ Reajustes Varios", la Alzada había confirmado la aplicación del precedente "Elliff" para determinar el haber inicial, difirió el tratamiento de la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y declaró la inconstitucionalidad del artículo 25 de la Ley 24.241 y del artículo 14, punto 2), párrafo segundo, de la Resolución SSS 6/09, para el supuesto de que en la etapa de liquidación de la sentencia se comprobase que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor generan una quita superior al 15%.

Al analizar las actuaciones, el Máximo Tribunal advirtió que tanto el juez de primera instancia como la Cámara omitieron expedirse sobre el pedido expreso del actor para incluir los conceptos no remunerativos percibidos de forma habitual y regular en los últimos 120 meses anteriores al cese laboral.

El organismo previsional pretendía aplicar el índice RIPTE en lugar del ISBIC para la actualización de salarios, además de cuestionar las declaraciones de inconstitucionalidad, entre otras cuestiones. 

Por su parte, el jubilado interpuso un recurso de queja por arbitrariedad, argumentando que los jueces soslayaron planteos clave planteados desde el inicio del proceso.  

Al analizar las actuaciones, el Máximo Tribunal advirtió que tanto el juez de primera instancia como la Cámara omitieron expedirse sobre el pedido expreso del actor para incluir los conceptos no remunerativos percibidos de forma habitual y regular en los últimos 120 meses anteriores al cese laboral.

De acuerdo con la sentencia, esta omisión configuró una privación de justicia incompatible con la garantía del artículo 18 de la Constitución Nacional, vulnerando el derecho del litigante a ser oído y a recibir una respuesta sobre sus planteos conducentes.   



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