19 de Agosto de 2026
Edición 7518 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/08/2026
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San Luis quiere una reforma con foco en la Justicia

El Senado de San Luis dio media sanción a la necesidad de una reforma constitucional que incluye cambios en el Ministerio Público, el Consejo de la Magistratura, los requisitos para ser juez y el límite de edad para magistrados y funcionarios.

(Senado San Luis)

El Senado de San Luis dio media sanción al proyecto que declara la necesidad de una reforma parcial de la Constitución provincial. La iniciativa, que obtuvo seis votos a favor y tres en contra, habilita cambios en el sistema judicial, el Ministerio Público, el Consejo de la Magistratura, los requisitos para acceder a la magistratura y el régimen de permanencia de jueces y funcionarios.

El proyecto contempla la modificación de 23 artículos de la Constitución, la incorporación de otros 23 y la creación de cuatro capítulos nuevos. La reforma, sin embargo, no será realizada directamente por la Legislatura: los cambios quedarán en manos de una Convención Constituyente que será elegida por voto popular.

Según explicó durante el debate el senador Martín Olivero, la sanción de la ley se limita a declarar la necesidad y conveniencia de la reforma y a establecer los temas que podrán ser tratados por la futura Convención.

Uno de los principales cambios vinculados con la Justicia es la propuesta de separar al Ministerio Público del Poder Judicial, con el objetivo declarado de garantizar su independencia. El esquema contempla una estructura de doble dirección: una Defensoría General y una Procuración General.

El Procurador General y el Defensor General serían designados por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado. La propuesta busca así modificar la actual organización institucional del Ministerio Público y establecer órganos específicos para su gobierno y para los procesos de destitución.

El proyecto también modifica los requisitos para quienes pretendan acceder a la magistratura. La exigencia de ejercicio profesional o desempeño en determinadas funciones judiciales pasaría de tres a cinco años.

Otro de los ejes centrales de la reforma es la modificación de la composición y el funcionamiento del Consejo de la Magistratura. Entre los cambios propuestos se encuentra la incorporación de representantes de la academia y del Senado provincial.

El organismo deberá elaborar un orden de mérito a partir de los concursos de antecedentes. A partir de allí, la terna que sea elevada al Poder Ejecutivo tendrá carácter vinculante, aunque podrá apartarse del orden de mérito propuesto, pero deberá hacerlo mediante una decisión fundada.

El proyecto también modifica los requisitos para quienes pretendan acceder a la magistratura. La exigencia de ejercicio profesional o desempeño en determinadas funciones judiciales pasaría de tres a cinco años.

A su vez, se establece una permanencia mínima de cuatro años en el cargo para los magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público como condición para poder acceder a nuevas funciones.

La reforma también habilita la incorporación de un límite de 75 años para los integrantes del Poder Judicial, del Ministerio Público y del Tribunal de Cuentas. Cumplida esa edad, el funcionario podrá continuar en el cargo mediante una nueva designación, con acuerdo del Senado y a propuesta del Poder Ejecutivo, siempre que conserve las condiciones de idoneidad y aptitud.

El senador Carlos García defendió el mecanismo y sostuvo que la estabilidad tiene como finalidad garantizar la independencia y autonomía de quienes ejercen funciones judiciales, pero que ello no debe convertirse en una "permanencia indefinida sin ninguna instancia de evaluación”.

El proyecto incluye además una cláusula transitoria. El nuevo límite de edad se aplicaría exclusivamente a quienes sean designados y asuman sus cargos después de la eventual entrada en vigencia de la reforma.

La reforma prevé además la incorporación de principios y derechos vinculados con las nuevas tecnologías y la inteligencia artificial.

El resto de los cambios

Aunque el capítulo judicial concentra buena parte de las modificaciones institucionales, el proyecto también habilita cambios en otros aspectos de la Constitución provincial. Entre ellos se encuentra la modificación del artículo 147 para establecer una prohibición absoluta de reelección después de dos períodos, sean consecutivos o alternados, para quien ocupe la Gobernación. El período 2023-2027 sería computado como primer mandato.

También se propone modificar el calendario legislativo y electoral: las sesiones ordinarias se extenderían del 15 de marzo al 31 de diciembre, mientras que Diputados y Senado pasarían a renovarse íntegramente cada cuatro años, coincidiendo con la elección de gobernador.

La reforma prevé además la incorporación de principios y derechos vinculados con las nuevas tecnologías y la inteligencia artificial. También se propone incorporar el hábeas data, entre otros temas.

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