
La urgencia de un caso llevó al Juzgado Federal de Victoria a habilitar días y horas inhábiles para tratar una medida cautelar presentada por una afiliada de la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) que reclamó la cobertura de un medicamento oncológico.
El juez federal Federico Martín consideró que correspondía habilitar días y horas inhábiles para dar tratamiento inmediato al pedido cautelar, invocando las previsiones de los artículos 152 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Al resolver la cautelar, el magistrado entendió que estaban acreditados tanto la verosimilitud del derecho como el peligro en la demora. Destacó la gravedad del cuadro de salud de la amparista y sostuvo que diferir la decisión hasta la sentencia definitiva podía frustrar el derecho cuya protección se perseguía.
La demanda fue promovida por una afiliada de 59 años que padece adenocarcinoma de colon metastásico asociado a síndrome de Lynch. Su médico tratante indicó el suministro de de un medicamento, pero la prepaga rechazó la cobertura al sostener que el medicamento no integra el Programa Médico Obligatorio (PMO) y que existían otras alternativas terapéuticas.
Al resolver la cautelar, el magistrado entendió que estaban acreditados tanto la verosimilitud del derecho como el peligro en la demora. Destacó la gravedad del cuadro de salud de la amparista y sostuvo que diferir la decisión hasta la sentencia definitiva podía frustrar el derecho cuya protección se perseguía.
"Que, por otro lado, resulta fundamental poner de resalto el estado de salud de la amparista, por el estadio de su enfermedad -que tuvo por acreditado (...) - y el perjuicio latente que se le podría ocasionar en caso de no hacerse lugar a la medida interesada", concluyó.