
La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto una sentencia que había hecho lugar parcialmente a una demanda promovida contra Despegar por los daños y perjuicios derivados de la imposibilidad de utilizar pasajes aéreos adquiridos antes de la pandemia de covid-19, al considerar que omitió tratar cuestiones sustanciales planteadas por el actor.
En la causa "D'Orazi, Héctor Nicolás c/ Despegar com ar SA s/ ordinario", el Máximo Tribunal consideró que la decisión apelada resultaba arbitraria, ya que omitió pronunciarse sobre planteos sustanciales formulados por el actor. En consecuencia, ordenó el dictado de un nuevo fallo.
El caso se originó a raíz de la compra de tickets aéreos que no pudieron ser utilizados debido a las restricciones impuestas durante la emergencia sanitaria provocada por el coronavirus. En primera instancia se había admitido parcialmente la demanda resarcitoria, decisión que fue cuestionada por el actor mediante recurso extraordinario.
Para los supremos, la sentencia exhibía "graves falencias". En particular, advirtió que el juez había omitido analizar el planteo de actualización o repotenciación de las sumas reclamadas, pese a que el actor había promovido oportunamente la inconstitucionalidad de la Ley 23.928.
Además, la Corte cuestionó el monto de condena fijado y destacó que el peritaje contable había confirmado la suma abonada por el actor al adquirir los pasajes, pero, sin brindar fundamentos, la sentencia estableció una indemnización inferior.
Asimismo, el Máximo Tribunal señaló que tampoco se había tratado el planteo referido al supuesto trato desigual e indigno denunciado por el demandante como fundamento principal de su acción resarcitoria, en el marco de la relación de consumo existente entre las partes.
Además, la Corte cuestionó el monto de condena fijado y destacó que el peritaje contable había confirmado la suma abonada por el actor al adquirir los pasajes, pero, sin brindar fundamentos, la sentencia estableció una indemnización inferior.