
El Tribunal de Juicio de Mercedes condenó a Guillermo Nicolás Gutiérrez a la pena de 12 años de prisión por los delitos de estafa, abuso sexual con acceso carnal y coautoría de extorsión, todos en la modalidad de delito continuado y en concurso real.
La mujer que lo acompañó en la maniobra, Rita Aurora Romero, fue condenada a cinco años de prisión como coautora de extorsión y absuelta por el delito de estafa por insuficiencia probatoria.
Presentándose como una curandera, le ofrecieron supuestas curaciones espirituales y le solicitaron dinero para la adquisición de materiales destinados a rituales. Como parte del engaño, le pidieron que enviara videos e imágenes íntimas, asegurándole que formaban parte del tratamiento.
Según la sentencia dictada por unanimidad por los jueces Jorge Alberto Troncoso, Ramón Alberto Ríos y Juan Manuel Ignacio Muschietti, los hechos ocurrieron entre octubre de 2023 y enero de 2024.
Los imputados crearon un perfil falso en Facebook bajo el nombre “Rosa Vidente Espiritual Estela”, desde el cual contactaron a una mujer que atravesaba una situación de vulnerabilidad emocional.
Presentándose como una curandera, le ofrecieron supuestas curaciones espirituales y le solicitaron dinero para la adquisición de materiales destinados a rituales. Como parte del engaño, le pidieron que enviara videos e imágenes íntimas, asegurándole que formaban parte del tratamiento.
Posteriormente, utilizaron ese material para exigir nuevas transferencias de dinero bajo la amenaza de difundir las imágenes en redes sociales.
El tribunal tuvo por acreditado que Gutiérrez, aprovechando ese contexto, mantuvo encuentros personales con la víctima bajo el pretexto de realizar “limpiezas espirituales”.
Durante esas reuniones, mediante amenazas vinculadas a la publicación del material íntimo y a supuestos daños que podrían sufrir familiares de la mujer, concretó en tres oportunidades abusos sexuales con acceso carnal.
El Tribunal dispuso la prisión preventiva de Gutiérrez hasta que la sentencia quede firme y ordenó comunicar el fallo a la víctima.
Una vez firme la condena, se dispondrá su incorporación al Registro de Condenados contra la Integridad Sexual. En el caso de Romero, se ordenó que continúe bajo arresto domiciliario con prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima y bajo control mediante vigilancia electrónica.