
La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó una sentencia que había rechazado por prescripción la demanda iniciada por un fumador contra la tabacalera Massalin Particulares.
La causa fue promovida por un hombre quien sostuvo haber fumado durante más de cincuenta años y atribuyó a ese consumo los daños derivados de un cuadro coronario agudo que sufrió en noviembre de 2012. Tras su fallecimiento en 2021, el proceso continuó a través de sus herederas.
La demanda había sido desestimada en primera instancia por considerarse extinguida la acción. Sin embargo, la Cámara Civil entendió que el plazo de prescripción no podía comenzar a correr desde la mera existencia de factores de riesgo o afecciones previas, sino desde la consolidación de un daño cierto y concreto.
En este escenario, el Tribunal destacó que el conocimiento de que “fumar es perjudicial para la salud” no permite presumir que el consumidor conozca una enfermedad específica ni los daños concretos que el hábito le ocasiona. Por ello, fijó como punto de partida del cómputo el episodio cardiovascular sufrido por el actor el 16 de noviembre de 2012.
Al analizar el fondo del asunto, los camaristas Lorena Maggio, Roberto Parrilli y Marcela Pérez Pardo hicieron hincapié en la pericia médica, que vinculó el tabaquismo con la patología cardíaca y pulmonar padecida por el demandante. Si bien reconoció el carácter multicausal de las enfermedades detectadas, señaló que el consumo de tabaco apareció como uno de los factores fundamentales en su desarrollo.
En materia resarcitoria, la sentencia propuso reconocer una indemnización millonaria por incapacidad sobreviniente; tratamiento psicoterapéutico; gastos de farmacia, estudios médicos, material quirúrgico, asistencia médica y traslados; daño moral y daño punitivo.
Respecto de la defensa basada en la decisión voluntaria de fumar, los jueces consideraron relevante la existencia de una adicción prolongada y señalaron que la falta de información suficiente sobre el poder adictivo de la nicotina afectó la libertad de decisión del consumidor.
Según el voto mayoritario, la demandada “no se alcanzó a desvirtuar la presunción de responsabilidad” por los daños atribuibles en gran parte al tabaquismo, que queda establecida por el incumplimiento de su deber de informar adecuadamente sobre los riesgos que asume el consumidor al fumar, derivado de su “deber genérico de implementar con la máxima diligencia posible todas las medidas tendientes a prevenir el daño”.
En materia resarcitoria, la sentencia propuso reconocer una indemnización millonaria por incapacidad sobreviniente; tratamiento psicoterapéutico; gastos de farmacia, estudios médicos, material quirúrgico, asistencia médica y traslados; daño moral y daño punitivo.