
Se presentó en Diputados un proyecto de ley que modifica el régimen de licencias por nacimiento y adopción en la Argentina, con el objetivo central de fortalecer la corresponsabilidad parental en el cuidado de los hijos durante los primeros meses de vida.
La iniciativa, titulada “Régimen de Licencias Parentales”, incorpora una licencia de 30 días corridos para el progenitor no gestante, una licencia parental compartida adicional de hasta 20 días y extiende la cobertura a trabajadores autónomos y monotributistas, todo financiado por el sistema de seguridad social.
El proyecto busca actualizar un marco normativo vigente desde hace décadas que, según sus fundamentos, se centra casi exclusivamente en la protección de la maternidad y no responde a las dinámicas familiares actuales.
Los fundamentos del proyecto destacan la necesidad de un cambio de paradigma, ya que “el régimen actualmente vigente, estructurado fundamentalmente sobre la protección de la maternidad, responde a una concepción histórica que ya no refleja la realidad de las dinámicas familiares contemporáneas”.
La propuesta modifica la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y la Ley de Asignaciones Familiares N° 24.714, y será tratada en las comisiones de Legislación del Trabajo, Mujeres y Diversidad, y Presupuesto y Hacienda.
En su artículo 1°, el proyecto declara expresamente su propósito: “La presente ley tiene por objeto fortalecer la corresponsabilidad familiar en el cuidado de los hijos e hijas durante el embarazo, el nacimiento y la primera infancia, mediante la ampliación y la reorganización del régimen de licencias laborales, en cumplimiento de las garantías constitucionales de protección del interés superior del niño, la protección integral de la familia y el principio de igualdad real de oportunidades y de trato”.
El cuerpo del proyecto introduce cambios sustanciales en la Ley de Contrato de Trabajo. El nuevo artículo 177 bis otorga al “progenitor no gestante” el derecho a “una licencia por nacimiento de hijo o hija de 30 días corridos, computados a partir del nacimiento”.
Durante ese período, se conserva el empleo y se percibe una asignación equivalente a la remuneración habitual, financiada por el sistema de seguridad social.
A esa licencia se suma el artículo 177 ter, que crea una “licencia parental compartida” de hasta 20 días corridos en total entre ambos progenitores, “la que podrá ser distribuida entre ellos en la forma que libremente acuerden, pudiendo ser gozada en forma continua o discontinua, dentro de los primeros 12 meses de vida del hijo o hija, de forma simultánea o diferenciada”.
En ningún caso la suma total podrá exceder los 20 días.
Las disposiciones se extienden a casos de adopción, con plazos que comienzan desde la notificación judicial de la guarda o adopción, y contemplan supuestos especiales que agregan cinco días adicionales por nacimiento múltiple, prematuro o internación neonatal prolongada, o cuando el niño presente discapacidad o enfermedad crónica.
El régimen también alcanza al trabajo agrario, personal de casas particulares y empleo público nacional.
En paralelo, el proyecto modifica la Ley N° 24.714 para crear un subsistema contributivo que incluye a trabajadores autónomos y monotributistas.
Estos podrán acceder a las asignaciones parentales siempre que cumplan con una antigüedad mínima de 18 meses de aportes. El monto para ellos equivaldrá al Salario Mínimo Vital y Móvil neto.
Para los trabajadores en relación de dependencia, la asignación parental igualará la remuneración habitual, con una antigüedad mínima de tres meses.
Uno de los aspectos más relevantes es el cambio en el financiamiento. Hasta ahora, la licencia del progenitor no gestante corría por cuenta del empleador.
El artículo 7° establece que “las licencias previstas serán abonadas mediante una asignación equivalente a la remuneración a cargo del régimen de seguridad social y se financiará con los recursos del sistema de asignaciones familiares”.
Los fundamentos del proyecto destacan la necesidad de un cambio de paradigma, ya que “el régimen actualmente vigente, estructurado fundamentalmente sobre la protección de la maternidad, responde a una concepción histórica que ya no refleja la realidad de las dinámicas familiares contemporáneas”.
“Este modelo, centrado casi exclusivamente en la mujer como principal responsable del cuidado, no sólo resulta insuficiente, sino además contribuye a reproducir las desigualdades estructurales en el acceso, permanencia y desarrollo profesional dentro del mundo del trabajo”, concluyó la iniciativa.