20 de May de 2026
Edición 7458 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/05/2026
Diario Judicial

Pensión imposible

La Justicia Federal le ordenó a la ANDIS resolver en diez días un trámite por discapacidad que llevaba más de dos años y medio sin respuesta.

(Gob.)

El Juzgado Federal N°2 de Paraná hizo lugar a una acción de amparo por mora contra la Secretaría Nacional de Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud de la Nación y le ordenó resolver, en un plazo de diez días, un trámite de pensión no contributiva por invalidez iniciado en diciembre de 2023.

La causa se originó a partir de la presentación de una mujer en representación de su hijo, quien posee Certificado Único de Discapacidad, ante la falta de respuesta estatal al expediente administrativo iniciado el 7 de diciembre de 2023 para obtener una pensión no contributiva. Según surge del expediente, al momento de promover la demanda el trámite seguía figurando en estado “inicio de prestación”, sin resolución alguna.

Por su parte, la demandada sostuvo que el expediente “se encuentra cumpliendo adecuadamente con el procedimiento” y actualmente estaba “en proceso de evaluación”. También argumentó que muchos movimientos internos del trámite no pueden ser visualizados por los particulares debido a “la reserva de información” y a “la cantidad de circuitos que el expediente administrativo transita”.

 

"A la fecha se ha cumplido más de 2 años y 6 meses desde el inicio del trámite y el expediente sigue sin ser resuelto”, concluyó la sentencia.

 

Sin embargo, el juez federal Daniel Edgardo Alonso rechazó esos planteos y concluyó que “se encuentra acreditada en autos la mora en la tramitación del trámite” iniciado por la actora.

El magistrado sostuvo además que “no pueden ser de recibo los argumentos utilizados por la demandada para desentenderse de la falta de resolución imputada por la amparista” y aclaró que el objeto del expediente no era discutir si correspondía o no otorgar la pensión, sino exigir una decisión administrativa dentro de un plazo razonable.

“A la fecha se ha cumplido más de 2 años y 6 meses desde el inicio del trámite y el expediente sigue sin ser resuelto”, concluyó la sentencia.



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