12 de May de 2026
Edición 7452 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 13/05/2026
Diario Judicial

Violencia invisible

La Cámara de Familia de Córdoba confirmó una sentencia que declaró víctima de violencia de género, tipo psicológica, en modalidad laboral a una mujer que cumplía tareas como tesorera en una empresa. Un jefe le decía que "no le daba la cabeza" por ser "medio tontita”.

(Foto de Yan Krukau)

En los autos “L. P. y otros – Denuncia por violencia de género”, la Cámara de Familia 2 de Córdoba confirmó una sentencia que declaró víctima de violencia de género, tipo psicológica, en modalidad laboral a una mujer que cumplía tareas como tesorera de una empresa de servicios fúnebres. 

En el caso, la empleada había denunciado que el jefe administrativo de la firma -su superior directo- le gritaba, la denigraba, la sobrecargaba de tareas y sistemáticamente la obligaba a quedarse más allá del horario laboral, entre otras conductas discriminatorias.  En su denuncia, describió situaciones de control permanente, sobrecarga de tareas y descalificaciones en el ámbito laboral, incluyendo expresiones tales como: “No le pregunten nada a ella, no le da la cabeza, ya está medio tontita”.

Asimismo, sostuvo que estos episodios derivaron en un deterioro de su salud psicofísica, lo que motivó tratamiento psiquiátrico y licencia prolongada. También aseguró que informó al directorio de la empresa sobre estas conductas persecutorias; pero nada hizo para que la situación cambiara.   

El principal demandado negó los hechos y sostuvo que la actora habría interpretado de manera errónea las exigencias propias del vínculo laboral, indicando que “ha percibido con hipersensibilidad cualquier palabra (…) traduciéndolas como violentas”, entre otras cuestiones.

La jueza de grado Mariana Wallace señaló que el ejercicio de la responsabilidad laboral en un cargo jerárquico “es absolutamente escindible de la violencia de género” y que debe respetar los derechos humanos de las personas con las cuales interactúa, en particular mujeres. 

“Desnaturalizar tales prácticas, se vuelve determinante no sólo en términos reparativos para la actual causa, sino para su ulterior vida en comunidad”, advirtió la sentencia, que fue ratificada por la Alzada.

 

También se dispuso que la firma presente un protocolo de capacitación y un protocolo de valoración de clima laboral, ambos enfocados en la temática violencia de género modalidad laboral y destinados a la totalidad del personal. 

 

Se ordenó al jefe administrativo que asista a un tratamiento psicológico con un profesional especialista en violencias de género “a fin de trabajar la órbita de sus atribuciones en el contacto laboral con mujeres”. Asimismo, la magistrada hizo extensiva esta medida para tres miembros del directorio que con sus decisiones reforzaron la construcción de estructuras de gestión empresarial discriminatorias para con las mujeres.  

También se dispuso que la firma presente un protocolo de capacitación y un protocolo de valoración de clima laboral, ambos enfocados en la temática violencia de género modalidad laboral y destinados a la totalidad del personal. La empresa deberá, asimismo, colocar una placa de material perdurable al lado de la puerta de acceso a la sala de reuniones del directorio con la siguiente leyenda: “La violencia de género no es una opción”.



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