14 de Abril de 2026
Edición 7433 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 15/04/2026
Diario Judicial
Defensa de la discrecionalidad

El sincericidio de Lugones

Durante la reunión conjunta de las Comisiones de Selección y de Reglamentación del Consejo de la Magistratura, el consejero Alberto Lugones admitió abiertamente las dinámicas de poder detrás de la conformación de las ternas para jueces, defendió la discrecionalidad de la entrevista personal y cuestionó la meritocracia que pretende el sistema.

Alberto Lugones reconoció sin rodeos los juegos de poder que inciden en la integración de las ternas de candidatos a jueces. Asimismo, respaldó el carácter discrecional de la entrevista personal y puso en duda la lógica meritocrática que el sistema dice promover.

El Presidente de la Comisión de Reglamentación cuestionó la sorpresa de los medios de comunicación ante los cambios en el orden de mérito de los postulantes tras las etapas evaluativas. Con tono tajante, expresó: "tampoco es lógico que como ocurre cuando ves que un diario dice 'No porque estaba noveno lo pusieron primero.' Bueno por favor no me vengan con coso (sic) como si no supieran cómo es el juego en todas las instituciones del país". Con esta frase, el consejero naturalizó el hecho de que un candidato que inicialmente ocupa un puesto lejano (noveno) pueda terminar encabezando una terna como si fuera parte de una dinámica aceptada y conocida por todos los actores políticos.

En un momento de honestidad brutal, Lugones fue más allá y puso en duda el concepto de mérito técnico como único escalafón para acceder a la magistratura: "tampoco creo en la meritocracia absoluta" dijo. Según su visión, el Consejo tiene un "padrón de meritocracia" que sirve de respuesta, pero dejó en claro que no es el único factor determinante en la selección final.
 

La entrevista personal como herramienta de reubicación

Más adelante en el debate, Lugones defendió el valor de las entrevistas personales, asegurando que son el único momento de contacto directo entre el consejero y el postulante. Aunque rechazó la idea de que estas funcionen como una "lotería familiar" donde se acomodan puntos arbitrariamente, sostuvo que es fundamental para conocer al "ser humano detrás del expediente". Sin embargo, esta postura choca con la propuesta de la Corte y también con la mayoría de los proyectos en danza que buscan autolimitar la discrecionalidad de los consejeros y establecer puntajes más objetivos para que los candidatos no suban "como por arte de magia" basándose solo en la apreciación subjetiva del entrevistador.

Los dichos del camarista de San Martín se dieron en el marco de reunión conjunta de las Comisiones de Selección y de Reglamentación del Consejo de la Magistratura del jueves pasado, donde se trataba la iniciativa de la Corte para modificar Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados. Lugones mostró su resistencia a aprobar "a libro cerrado" la propuesta de reforma enviada por el Máximo Tribunal (Acordada 4/2024), que busca, precisamente, reducir los márgenes de discrecionalidad y establecer criterios más estrictos de transparencia y publicidad en los concursos. 

Pero para Lugones, el reglamento actual —que permite estos movimientos en el ranking— ha funcionado para elegir a los magistrados actuales, a quienes defendió frente a lo que considera ataques mediáticos.

 

 

Entre los consejeros hay posturas contrapuestas sobre la forma y la urgencia de votar la iniciativa enviada por la Corte Suprema. A favor de una aprobación inmediata y total se pronunciaron la consejera Jimena de la Torre, quien defendió votar la propuesta “en un todo” por considerarla un sistema armónico y sin cambios, y el consejero Eduardo Grau, quien adhirió fervientemente a esta postura. Propuso una aprobación “intotum” e incondicional, bajo la premisa de que cualquier mejora debe introducirse con posterioridad a su puesta en marcha.

 

 Lugones naturalizó el hecho de que un candidato que inicialmente ocupa un puesto lejano (noveno) pueda terminar encabezando una terna como si fuera parte de una dinámica aceptada y conocida por todos los actores políticos.


En contraste, un grupo mayoritario de consejeros se opuso a una aprobación “a libro cerrado” o automática. Alberto Lugones rechazó de plano firmar un documento de tal complejidad sin un análisis previo que le permita rendir cuentas de su decisión. Diego Barrotabeña disintió explícitamente con la idea de una aprobación automática y señaló que la propuesta debe ser un disparador de debate, no una imposición. Santiago Viola sostuvo que no existía una “ansiedad desmedida” por una votación urgente y sugirió que el proyecto debe analizarse junto con los aportes de los propios consejeros. Fernanda Vázquez calificó la iniciativa como un “documento de trabajo” que debe integrarse con otros 17 proyectos preexistentes para alcanzar un consenso. Agustina Díaz Cordero, si bien celebró la propuesta, subrayó la importancia de debatirla y mejorarla basándose en la experiencia de todos los estamentos. Finalmente, Guillermo Tamarit ratificó su apoyo a una discusión permanente. Rechazó cualquier resolución que se presente como una imposición en lugar de un acuerdo colectivo. 

El sistema de selección de magistrados a través del Consejo de la Magistratura de la Nación fue incorporado con la reforma constitucional de 1994, en el marco de un rediseño institucional orientado a transparentar y despolitizar el acceso a la judicatura.

Hasta entonces, la designación de jueces nacionales recaía exclusivamente en el Poder Ejecutivo —que proponía a los candidatos— y en el Senado —que prestaba acuerdo—, sin un mecanismo previo estandarizado de evaluación. La reforma introdujo al Consejo como órgano intermedio encargado de llevar adelante concursos públicos de antecedentes y oposición, elaborar ternas vinculantes y elevarlas al Poder Ejecutivo.

Los fundamentos centrales de este cambio fueron, por un lado, la necesidad de reducir la discrecionalidad política en la selección de jueces, incorporando criterios objetivos de evaluación técnica; y por otro, garantizar mayor transparencia y control social en el proceso, mediante procedimientos abiertos y reglados. Asimismo, se buscó equilibrar la participación de los distintos estamentos (jueces, abogados, académicos y representantes políticos) en la toma de decisiones, evitando la concentración del poder de designación.

En términos conceptuales, el nuevo esquema pretendía consolidar un modelo basado en el mérito, la idoneidad y la publicidad de los actos, en contraste con el sistema previo, percibido como opaco y excesivamente condicionado por acuerdos políticos. Sin embargo, desde su implementación, el funcionamiento concreto del Consejo —y especialmente el peso relativo de los factores técnicos frente a los políticos— ha sido objeto de debates recurrentes y reformas sucesivas.

Video completo:
https://www.youtube.com/live/b2TLUYNzFMo?si=dn1Y9ahuJZZivpbT
Reunión de la Comisión de Administración y Financiera, y reunión conjunta de las Comisiones de Selección de Magistrados y Escuela Judicial y de Reglamentación del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, realizadas el 9 de Abril de 2026. 


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