La Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobó el “Proyecto de Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados” y lo remitió al Plenario del Consejo de la Magistratura de la Nación para su tratamiento y eventual sanción.
La decisión, adoptada por los ministros Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, reforma de manera estructural el sistema de designación de jueces federales, con el objetivo explícito de colocar el mérito y la idoneidad como “vector determinante” de la selección, reforzar la transparencia y reducir drásticamente los márgenes de discrecionalidad.
El proyecto aprobado mantiene y amplía los concursos anticipados como regla general, implementa un Legajo Digital único y auditable, y establece un sistema de calificación de antecedentes “rigurosamente tabulado”.
La Corte remarcó problemas concretos en el régimen actual, como “la etapa de evaluación de antecedentes premia en ocasiones el mero tránsito burocrático por sobre el rendimiento académico de excelencia y el mérito real”, por lo que resulta “preciso regular dicha etapa mediante pautas objetivas y uniformes”.
Asimismo, advirtió la necesidad de que “la prueba de oposición escrita garantice a los aspirantes a la magistratura el más absoluto anonimato, evitando así la desconfianza que podría disuadirlo de participar en los concursos”.
En otro artículo, la Corte criticó la “relativa amplitud” con que fue diseñada la entrevista personal, que permitió en la práctica “su valoración se desarrolle sin criterios suficientemente estandarizados en cuanto a su ponderación, fundamentación y límites cuantitativos”.
De esta manera, el nuevo proyecto "acota de forma razonable y previsible la incidencia de la entrevista personal, otorgándole un máximo de veinte (20) puntos sobre un total de doscientos (200), distribuidos en pautas tasadas”.
El proyecto aprobado mantiene y amplía los concursos anticipados como regla general, implementa un Legajo Digital único y auditable, y establece un sistema de calificación de antecedentes “rigurosamente tabulado”.
En materia de evaluación técnica introduce una “doble instancia que garantiza el anonimato absoluto”: una Etapa General automatizada mediante banco público de preguntas con corrección informática y una Etapa Especial de resolución de casos hipotéticos y redacción de sentencias.
“Es necesario que la prueba de oposición escrita garantice a los aspirantes a la magistratura el más absoluto anonimato, evitando así la desconfianza que podría disuadirlo de participar en los concursos”, sostiene el texto.
El reglamento aprobado describe también los principios rectores y las etapas del procedimiento. Al respecto, enumera ocho principios rectores que deben orientar “la interpretación y aplicación del reglamento”.
Entre ellas, aparecen la legalidad, igualdad y no discriminación, idoneidad, transparencia y publicidad, imparcialidad, eficiencia y celeridad, debido procedimiento y, especialmente, “no discrecionalidad: la selección se basará en la satisfacción de los criterios prefijados, evitando la asignación de ventajas indebidas a cualquiera de los postulantes”.
En la Acordada que aprobó el proyecto, se destacó que la Corte es la “cabeza de este poder del Estado y órgano supremo de la organización judicial argentina”.