26 de Enero de 2026
Edición 7383 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/01/2026

La Ley Penal Juvenil vuelve a la agenda

El Gobierno anunció que la Ley Penal Juvenil será tratada en el período de sesiones extraordinarias. El proyecto obtuvo dictamen en mayo de 2025, con modificaciones introducidas por la Secretaría de Justicia, pero nunca llegó al recinto.

El Gobierno nacional anunció este lunes que incorporará el proyecto de Ley Penal Juvenil al temario de las sesiones extraordinarias del Congreso. 

La iniciativa propone reducir a 14 años la edad de imputabilidad, en el marco de una reforma del régimen aplicable a adolescentes en conflicto con la ley penal.

El anuncio fue realizado este lunes por el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, luego de una reunión de la mesa política en la Casa Rosada destinada a definir la estrategia legislativa del oficialismo. 

 

La iniciativa establece la aplicación del Régimen Penal Juvenil a adolescentes de entre 14 y 18 años cuando sean imputados por delitos previstos en el Código Penal o en leyes penales especiales, vigentes o futuras. 

 

En un primer momento, el Ejecutivo había impulsado una reforma integral del Código Penal, que incluía modificaciones al régimen penal juvenil. Sin embargo, en el nuevo llamado a sesiones extraordinarias previsto para febrero, ese proyecto más amplio no fue incorporado.

La Ley Penal Juvenil, en cambio, vuelve a ocupar un lugar central en la agenda legislativa, luego de que el presidente Javier Milei reclamara su tratamiento durante la apertura de las sesiones ordinarias del año pasado.

El proyecto obtuvo dictamen en mayo de 2025, con modificaciones introducidas por la Secretaría de Justicia, pero nunca llegó al recinto en un contexto parlamentario adverso para el oficialismo.

La iniciativa establece la aplicación del Régimen Penal Juvenil a adolescentes de entre 14 y 18 años cuando sean imputados por delitos previstos en el Código Penal o en leyes penales especiales, vigentes o futuras. 

Según se explicó durante el debate legislativo, el sistema reconoce un conjunto de principios y garantías específicas para las personas adolescentes imputadas.

Entre ellos se incluyen el principio de legalidad; la necesidad, proporcionalidad e idoneidad de las medidas restrictivas de derechos; el debido proceso y el derecho de defensa; el principio de in dubio pro reo y la interpretación más favorable al menor; la orientación educativa y resocializadora de las penas; el respeto a la dignidad humana; la prohibición de discriminación; el derecho a ser juzgado en un plazo razonable y la tutela judicial juvenil.

El régimen prevé que las penas privativas de libertad puedan cumplirse en el domicilio, en institutos abiertos, en institutos especializados de detención o en sectores separados dentro de establecimientos penitenciarios. 

En todos los casos, la decisión deberá ser adoptada por un juez o tribunal mediante una resolución fundada, que indique expresamente los motivos de la privación de la libertad y el lugar de cumplimiento.

El proyecto también aclara que la declaración de inimputabilidad de un niño, niña o adolescente no implicará la suspensión de la investigación penal, que deberá continuar para determinar la existencia del hecho ilícito y la posible participación de terceros.

En cuanto a las condiciones de detención, se establece que los adolescentes deberán ser alojados en institutos adecuados o en áreas separadas de las cárceles de adultos, con infraestructura específica y personal capacitado para el tratamiento de jóvenes en conflicto con la ley penal.


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