La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la condena a prisión perpetua contra Edgardo Ramón Visuara por el crimen de la empresaria Ana Dominé, ocurrido en Tucumán en 2020 durante un asalto a mano armada.
El hecho conmocionó a la capital tucumana el 12 de septiembre de ese año, cuando Dominé, de 52 años, fue atacada por delincuentes en moto en la intersección de la avenida Leandro N. Alem y Álvarez.
La defensa de Visuara elevó un recurso extraordinario ante la Corte nacional, argumentando falencias en las pruebas y alegando que la condena se basaba únicamente en sus antecedentes delictivos. Sin embargo, el máximo tribunal lo rechazó por considerarlo inadmisible, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
La víctima viajaba en su camioneta junto a uno de sus hijos, tras haber cerrado un local comercial propio y con la recaudación diaria a bordo. Sin que lo supieran, eran perseguidos por un taxi y dos motocicletas.
Según se reconstruyó en la investigación, madre e hijo hicieron una parada en un kiosco, donde el joven descendió para adquirir cigarrillos.
En ese breve lapso, captado por cámaras de seguridad y que no superó el minuto, dos asaltantes se aproximaron a la mujer, le quitaron el bolso con el dinero y, ante su resistencia, uno de ellos le disparó en la cabeza antes de huir. Dominé falleció poco después a causa de la herida.
La justicia provincial dictó sentencia contra cuatro implicados como coautores del homicidio: Cristian Godoy, Raúl Antonio Greco, Federico Sánchez y el propio Visuara, todos condenados a perpetua.
Además, Sebastián Alfredo Quiroga y Exequiel Antonio Tous recibieron 10 años de cárcel por su rol como partícipes secundarios. Esta resolución fue avalada por la Corte Suprema de Tucumán en diciembre de 2023.
La defensa de Visuara elevó un recurso extraordinario ante el máximo tribunal, argumentando falencias en las pruebas y alegando que la condena se basaba únicamente en sus antecedentes delictivos. Sin embargo, el máximo tribunal lo rechazó por considerarlo inadmisible, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.