La Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa María condenó a un joven como autor del delito de homicidio calificado por el vínculo, por alevosía, por codicia y por mediar violencia de género en perjuicio de su madre. A la vez, impuso la misma pena –prisión perpetua– a su padre y exesposo de la víctima, considerado partícipe necesario del hecho.
De acuerdo con la sentencia, ambos acusados planificaron el asesinato motivados por la “codicia” y la expectativa de quedarse con “la mayor parte de los bienes inmuebles y sumas de dinero provenientes de la herencia” que le pertenecía a la víctima.
El tribunal -integrado por las camaristas Edith Lezama de Pereyra, Eve Flores de Aiuto y Félix Alejandro Martínez, con la participación de jurados populares- tuvo por acreditado que la coartada fue ideada en conjunto. El hombre trasladó a su hijo oculto en la parte trasera del vehículo hasta las inmediaciones de la vivienda de la víctima, en la localidad de Villa Nueva, y le había entregado previamente una copia de las llaves para permitirle el ingreso.
Tanto el exmarido como el hijo desplegaron conductas “en detrimento de la víctima”, valiéndose de su posición económica y patrimonial e incurriendo en violencia económica y manipulación, según concluyó el tribunal cordobés.
Una vez dentro, el joven atacó a su madre con golpes de puño, provocando que cayera y se desvaneciera. En ese estado de indefensión –circunstancia que permitió tener por configurada la alevosía– completó el ataque utilizando un cuchillo de cocina y una cuchilla de carnicero, causándole múltiples heridas punzocortantes en el cuello que derivaron en la muerte por shock hipovolémico.
Para simular un robo, el joven se apoderó de una suma de dinero; mientras que su padre lo aguardó en las inmediaciones para asegurar la huida y favorecer su impunidad. Luego, ambos regresaron a la panadería explotada por el progenitor, donde ingresaron el auto marcha atrás para ocultar el descenso del hijo.
La sentencia resaltó que el hecho se inscribe en un contexto de violencia contra la mujer, calificándolo como femicidio. A su vez, subrayó que “la codicia fue el motivo primordial y desencadenante de esta trágica decisión: eliminar a la víctima para obtener la mayor parte de los bienes”.
Tanto el exmarido como el hijo desplegaron conductas “en detrimento de la víctima”, valiéndose de su posición económica y patrimonial e incurriendo en violencia económica y manipulación, según concluyó el tribunal cordobés.