El Juzgado Laboral N° 2 de Corrientes declaró injustificado el despido de un trabajador acusado de robar mercadería, al cuestionar la integridad de un video presentado por el empleador como prueba principal.
El hombre fue desvinculado por retirar dos paquetes de cerveza de un supermercado sin abonarlos. La empresa invocó como causal de despido una injuria laboral grave, argumentando una pérdida irreparable de confianza derivada de un presunto incumplimiento contractual que tornaba inviable la continuidad del vínculo.
El magistrado enfatizó que, en ausencia de una validación técnica objetiva —como el cálculo de un hash criptográfico o una pericia informática—, no se podía asegurar que el archivo correspondiera fielmente a la grabación original generada por el sistema de videovigilancia del lugar.
Como elemento probatorio principal, la empresa aportó extractos de un video de seguridad, respaldados por un acta notarial que certificaba la visualización y el almacenamiento de las imágenes en un dispositivo USB. En las secuencias, se observaba a una persona con barbijo y gorra manipulando los productos y depositándolos fuera del establecimiento.
Sin embargo, el juez Héctor Rodrigo Orrantía explicó que el acta solo acreditaba la reproducción de las imágenes en un momento específico, sin ofrecer garantías sobre su origen, integridad o posible manipulación.
El magistrado enfatizó que, en ausencia de una validación técnica objetiva —como el cálculo de un hash criptográfico o una pericia informática—, no se podía asegurar que el archivo correspondiera fielmente a la grabación original generada por el sistema de videovigilancia del lugar.
“El acta notarial no acredita por sí sola la autenticidad técnica del archivo, es decir, si corresponde efectivamente a la filmación original […], cuestión que podría haberse salvado con la intervención de un especialista al momento de su extracción mediante un ‘hashing’ de los archivos informáticos”, agregó al respecto.
El hashing, definido como un algoritmo que genera una huella digital única para verificar la inmodificabilidad de datos, se presenta como un estándar indispensable para preservar la cadena de custodia en pruebas electrónicas.
El juez recordó que, en despidos con causa, la carga probatoria recae enteramente en el empleador, quien debe demostrar la injuria de manera inequívoca y sin resquicios de duda. Al no cumplirse este requisito, la prueba videográfica fue desestimada, invalidando la causal invocada.
Por lo expuesto, se condenó a la empresa al pago de indemnizaciones por más de $2,8 millones, incluyendo intereses y el agravante previsto en el artículo 2 de la Ley 25.323 por despido injustificado.