La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo a la demanda contra un portal periodístico por publicar una serie de notas vinculando a los dos personas en supuestas causas de corrupción, en el marco de la investigación denominada “Lava Jato”.
Se trata de una causa contra La Voz del Interior S.A. (medio periodístico) y Cimeco S.A. (titular del grupo periodístico) a raíz de la publicación de dos notas periodísticas vinculando a los dos demandantes en supuestas causas de corrupción, en el marco de la investigación denominada “Lava Jato” que se lleva adelante en Brasil.
Según se desprende de la causa, las notas periodísticas hacían referencia a la denuncia que realizaron tres legisladores de la provincia de Córdoba ante la “Unidad de Información Financiera” de la provincia de Buenos Aires, con el objeto de que se investigue la operatoria relacionada con la obra pública de gasoductos troncales de Córdoba.
Afirmaron que, con la difusión de esa información falsa y mendaz, efectuada con real malicia, se "avasallaron sus derechos personalísimos tales como el honor, la honra, el nombre, la imagen, la dignidad y la intimidad". Entre otras cosas, los demandantes requirieron que el medio periodístico demandado se abstenga de seguir divulgando y reproduciendo la información que emana del sitio web, y que se implementen las medidas técnicas y organizativas necesarias a efectos de que en el futuro "se elimine la información contumeliosa a su honor, o cualquiera otra que tenga por objeto causarles un grave daño, como así también desprestigiarlos en su buen nombre y honor".
En este mismo sentido, los camaristas civiles Roberto Parrilli, Gabriela Mariel Scolarici y Claudio Ramos Feijóo indicaron que las publicaciones que dan origen a esta demanda "evidencian que los dichos que agravian a los actores fueron atribuidos a una fuente identificable (los legisladores provinciales Elorrio García, Montero y Quinteros), que se informó sobre el contenido de la denuncia formulada por estos últimos ante la UIF y las circunstancias que rodearon las investigaciones, como así también que no se redactó la noticia de modo afirmativo”.
En primera instancia se rechazó la demanda. Se comprobó que el portal periodísticas citó varias fuentes -legisladores provinciales-, como así también se indicaron distintas causas judiciales en las cuales se investigan los hechos allí relatados. "(…) , cabe señalar que el medio periodístico, al citar la fuente posibilita la transparencia del origen de la información, permitiéndole a los lectores relacionar la noticia a la específica causa que la generó, y no al medio que las publica. Considero que al individualizar la fuente, quien difunde la noticia no se hace cargo de su veracidad, no la hace propia", dijo la jueza de grado al rechazar la demanda.
En este mismo sentido, los camaristas civiles Roberto Parrilli, Gabriela Mariel Scolarici y Claudio Ramos Feijóo indicaron que las publicaciones que dan origen a esta demanda "evidencian que los dichos que agravian a los actores fueron atribuidos a una fuente identificable (los legisladores provinciales Elorrio García, Montero y Quinteros), que se informó sobre el contenido de la denuncia formulada por estos últimos ante la UIF y las circunstancias que rodearon las investigaciones, como así también que no se redactó la noticia de modo afirmativo”.
Y concluyeron: "Entonces, mal pueden pretender los actores que se condene al medio periodístico demandado, cuando se limitó a publicar la información cuestionada cumpliendo con las exigencias fijadas por la doctrina aplicable al caso y que -repito- publicó también los dichos de algunas de las partes vinculadas al caso, descalificando la denuncia. Aquí no hay relación de causalidad, ni puede atribuirse negligencia y menos aún dolo".