13 de Junio de 2025
Edición 7232 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 17/06/2025

Perpetua para el caso "Duffau"

La Corte Suprema dejó firme la condena a prisión perpetua para los policías acusados de la muerte de Gastón Duffau. El joven que había sido detenido y horas después apareció muerte, semidesnudo y con múltiples golpes.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las condenas a prisión perpetua que se impusieron a un grupo de policías acusados por tortura seguida de muerte de Gastón Duffau, de 34 años.

El caso, ocurrido en Ramos Mejía en 2008, se dio cuando a la víctima la detuvieron por una supuesta pelea dentro de una casa de comidas, sin embargo, tras ser subido a la camioneta policial con vida, horas después apareció muerto en la caja del mismo vehículo, semidesnudo, con los pies atados y con signos de haber sido torturado.

Los informes oficiales no explicaban que ocurrió realmente en el traslado que incluyó la comisaría y el hospital local.

El caso fue investigado, y si bien en un primer fallo del Tribunal en lo Criminal N° 5 de La Matanza se había absuelto a los imputados, la Sala II del Tribunal de Casación Penal anuló el fallo y ordenó que se realice un nuevo juicio oral.

En un nuevo juicio, el Tribunal en lo Criminal N° 4 de la misma jurisdicción los volvió a absolver, lo cual fue apelado nuevamente y entonces la Sala VI del Tribunal de Casación terminó condenando a Mauro Adrián Ponti, Luis Alberto Acuña y Rubén Darío Steingruber como coautores penalmente responsables del delito de tortura seguida de muerte. 

 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firmes las condenas a prisión perpetua que se impusieron a un grupo de policías acusados por tortura seguida de muerte de Gastón Duffau, de 34 años.

 

De igual manera se condenó a Natalio Hernán De Nardis y Leonardo Ezequien Brandan, pero en calidad de partícipes necesarios, todos, condenados a prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua.

La defensa apeló los pronunciamientos, pero sus planteos fueron rechazados tanto por el Tribunal de Casación como por la Corte Bonaerense, por lo que fueron en queja a la CSJN, que desestimó los recursos.

Es que el máximo tribunal había intimado a las partes para que cumplieran con la Acordada N° 13/90 bajo apercibimiento de tener por no presentado el recurso de queja, y pese la información acompañada por la defensa, el tribunal tuvo por no presentado el recurso por no haberse dado cumplimiento a la intimación formulada por la Corte, lo que nuevamente fue cuestionado por la defensa en un recurso de revocatoria que terminó desestimado.

Con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte desestimó los planteos porque sus decisiones no son, en principio, susceptibles de recurso alguno, de esta manera los autos Acuña, Luis Alberto y otros s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley” quedaron firmes tras 17 años de proceso.

 


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2025 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486