07 de Julio de 2026
Edición 7490 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 08/07/2026
Diario Judicial

Discriminación en primera clase

Una adolescente con epilepsia y certificado de discapacidad fue excluida por su colegio del viaje de estudios a realizarse en el extranjero. Sus padres promovieron una acción de amparo y un tribunal entrerriano le dio la razón.

(Foto de Vytautas Markunas)

La causa “C.S.M.L. y P.L. en rep. de su hija menor de edad con discapacidad L.P. c/ Colegio XXX s/ acción de amparo” llegó a los tribunales entrerrianos luego de que los padres de una adolescente de 16 años denunciaran discriminación por parte de la institución educativa.

La joven, que padece epilepsia focal sintomática y un trastorno cognitivo leve, cuenta con Certificado Único de Discapacidad y el aval de su neuróloga infantil, psicóloga, psicopedagoga y terapista ocupacional para realizar una vida normal, incluyendo viajes. Sin embargo, el colegio decidió excluirla del viaje de estudios previsto para agosto próximo, argumentando falta de infraestructura médica adecuada en el campus extranjero.

Los padres sostuvieron que la decisión fue arbitraria y vulneró derechos fundamentales de su hija, quien esperaba cerrar su ciclo escolar junto a sus compañeros. Presentaron informes médicos que acreditan que no existe contraindicación para viajar, incluso al exterior, acompañada por su madre.

El colegio, por su parte, defendió su postura alegando criterios de seguridad y resguardo de la integridad física de la alumna, negando que se trate de un acto discriminatorio. También señaló que el campus no admite acompañantes externos y que no cuenta con servicios médicos inmediatos.

En este marco, el Juzgado de Garantías N° 6 de Paraná, a cargo de Esmeralda Elisa Zilli, hizo lugar a la acción de amparo y condenó a la institución educativa a autorizar la participación de la alumna en el viaje y a cesar de inmediato los actos discriminatorios hacia la joven por su condición de salud.

Además, se recomendó a los padres ajustar la medicación al cambio de huso horario, garantizar supervisión constante durante el traslado y prever medios de transporte para eventuales emergencias médicas desde el campus al hospital más cercano.

La magistrada dispuso que la estudiante viaje acompañada por alguno de sus progenitores, que se contrate un seguro de asistencia al viajero con cobertura de preexistencias médicas, y que se porte toda la documentación esencial: certificado médico actualizado, recetas originales, certificado de discapacidad y medicación suficiente para toda la estadía, con excedente por contingencias.

Además, se recomendó a los padres ajustar la medicación al cambio de huso horario, garantizar supervisión constante durante el traslado y prever medios de transporte para eventuales emergencias médicas desde el campus al hospital más cercano.



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