
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó los recursos de queja presentados por dos exsecretarios judiciales condenados en la causa que tuvo como principal acusado al exjuez federal de Corrientes Carlos Vicente Soto Dávila, investigado por beneficiar a narcotraficantes mediante resoluciones judiciales dictadas a cambio de dinero.
Las decisiones fueron dictadas en los autos “Soto Dávila, Carlos Vicente y otros s/ actuaciones complementarias”, en los incidentes correspondientes a Pablo Carlos Molina y Federico Alberto Grau. Intervinieron los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
En ambos casos, el Máximo Tribunal desestimó las presentaciones directas al considerar que el recurso extraordinario denegado no estaba dirigido contra una decisión revisable en esa instancia: “el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”.
La hipótesis acusatoria apuntó a la existencia de maniobras para favorecer a imputados por narcotráfico mediante libertades, faltas de mérito, exenciones de prisión u otras decisiones judiciales. En ese marco, también fueron investigados funcionarios judiciales, abogados y personas vinculadas a causas por drogas.
El caso forma parte del expediente en el que fue condenado el exjuez federal correntino Carlos Soto Dávila, quien estuvo al frente del Juzgado Federal N° 1 de Corrientes durante más de dos décadas y renunció en febrero de 2019, luego de quedar involucrado en la investigación. Según la acusación fiscal, en distintas causas de narcotráfico que tramitaban en ese juzgado se habrían negociado resoluciones, omisiones o demoras a cambio de dinero u otros beneficios.
La hipótesis acusatoria apuntó a la existencia de maniobras para favorecer a imputados por narcotráfico mediante libertades, faltas de mérito, exenciones de prisión u otras decisiones judiciales. En ese marco, también fueron investigados funcionarios judiciales, abogados y personas vinculadas a causas por drogas.
En junio de 2023, el Tribunal Oral Federal de Corrientes condenó, por mayoría, a Soto Dávila a seis años de prisión por los delitos de cohecho pasivo agravado por su condición de magistrado, en tres oportunidades, en concurso ideal con tres hechos de prevaricato, todos ellos en concurso real. En la misma sentencia, los secretarios Pablo Carlos Molina y Federico Alberto Grau recibieron penas de cinco y cuatro años de prisión, respectivamente.
Luego, a fines de 2024, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revisó las apelaciones y, a pedido de la fiscalía, agravó el cuadro jurídico por el delito de asociación ilícita. Por ese motivo, ordenó reenviar el caso al Tribunal Oral Federal de Corrientes para que se fijaran nuevos montos de pena.
Frente a esa resolución, las defensas de Molina y Grau acudieron en queja ante la Corte Suprema. Pero el Tribunal cerró esa vía, al menos en esta instancia, por entender que la decisión cuestionada no reunía el requisito de definitividad exigido por el artículo 14 de la ley 48.
En las resoluciones, la Corte también dejó consignado que el tribunal de origen fue la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, mientras que el tribunal que intervino con anterioridad fue el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes.