
El Consejo de la Magistratura de la Nación llevó adelante la audiencia prevista en el artículo 20 del Reglamento de la Comisión de Disciplina y Acusación en el expediente seguido contra el juez Carlos Hugo Goggi, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil 91.
La audiencia se desarrolló en el marco del expediente caratulado "De la Torre Jimena (Consejera) -Rem. Pres. del Pte. Coleg. Pub. Abog. Cap. Fed. s/ Act. Dr. Goggi C.", iniciado a instancias del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal.
Durante el acto, celebrado en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura, el magistrado fue oído por los integrantes de la Comisión de Disciplina, conforme lo establece el artículo 20 del reglamento del cuerpo.
La audiencia fue presidida por el consejero César Grau, titular de la Comisión, acompañado por el consejero Alberto Maques y con la asistencia de la secretaria María Laura González. La citación de Goggi había sido aprobada por mayoría durante la reunión de la Comisión de Disciplina celebrada el pasado 3 de junio.
En mayo de 2025, Goggi había declarado de oficio la inconstitucionalidad de la Ley 27.423, que regula los honorarios profesionales de abogados y procuradores en el ámbito nacional y federal.
En su exposición, el juez dijo que "no iba a dar un paso atrás" y que se lo estaba castigando por "estar del lado de los necesitados y desprotegidos".
El expediente se originó a partir de una presentación impulsada por el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) y se inscribe en la controversia generada por distintos pronunciamientos del magistrado vinculados a la aplicación de la Ley 27.423 de Honorarios Profesionales, cuestión que ya había generado fuertes debates en el ámbito judicial.
En mayo de 2025, Goggi había declarado de oficio la inconstitucionalidad de la Ley 27.423, que regula los honorarios profesionales de abogados y procuradores en el ámbito nacional y federal. En consecuencia, en esa resolución hizo aplicable una ley anterior —la derogada Ley 21.839 y su modificatoria, la Ley 24.432— lo cual impacta directamente en cómo se calculan esos honorarios.
La decisión de convocar al magistrado había generado cuestionamientos por parte de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN), que expresó su "más enérgico repudio" a la citación dispuesta por la Comisión de Disciplina. La entidad sostuvo que las facultades disciplinarias del Consejo se encuentran limitadas a cuestiones vinculadas con la prestación del servicio de justicia y que el organismo no puede inmiscuirse en la actividad jurisdiccional de los jueces.